
El lanzamiento de nuevos productos multifuncionales y el aumento de la penetración de los aditivos de origen natural favorecen el desarrollo del sector de ingredientes y complementos alimentarios, que prolongan su tendencia de moderado crecimiento registrada desde 2010, al alcanzar en 2014 un incremento del 3,5% sobre 2013, año en que el aumento fue del 1,2%. Con este avance, en el último ejercicio, el mercado español de aditivos alimentarios alcanzó un valor de 440 millones de euros, según se desprende del Estudio Sectores Basic, elaborado por la consultora DBK.
Esta evolución positiva se produce “en un marco de mejora de la coyuntura económica” y se impulsa “en el lanzamiento de nuevos productos multifuncionales, con mayores prestaciones y beneficios para la salud, así como en la preferencia de productos naturales frente a los artificiales”, señalan fuentes de la consultora. Asimismo, cabe destacar que las empresas del sector continuaron potenciando sus ventas en el extranjero, con los países de la Unión Europea como principal destino, aunque con una presencia al alza en mercados emergentes de Asia, América Latina y África.
El informe estima para 2015 un crecimiento del mercado español de aditivos de alrededor del 3-4%, que podría llegar a ser de hasta el 6% en 2016, lo que supondría alcanzar un valor de 475 millones de euros.
Por lo que respecta al tejido empresarial, DBK apunta la existencia de unas 150 empresas, en su mayoría pymes, que operan en España con actividad relevante como fabricantes o importadores de aditivos y complementos para la industria alimentaria, que generan un empleo en el sector de unos 1.250 trabajadores.
En cuanto a las tendencias, la Asociación Española de Fabricantes y Comercializadores de Aditivos y Complementos Alimentarios (AFCA), señala que los programas de innovación alimentaria en el segmento de ingredientes y aditivos en Europa y otros continentes no cesan, en búsqueda permanente de nuevas moléculas, con mejores propiedades, usos y aplicaciones diferentes, de mayor calidad, más seguras y convenientes, para elaborar alimentos más atractivos, más saludables, destinados a grupos de población más amplios: niños, adolescentes, adultos y personas de elevada edad.
Los programas de innovación alimentaria en el segmento de ingredientes y aditivos en Europa y otros continentes están en búsqueda permanente de nuevas moléculas, con mejores propiedades, usos y aplicaciones diferentes, más seguras y convenientes, para elaborar alimentos más atractivos y saludables
La implantación de la innovación “ha sido factible, aplicando en las empresas alimentarias una política decidida y sostenible, para desarrollar ingredientes y productos alimenticios aplicando para ello programas de I+D+i rigurosos, novedosos, robustos y con una elevada aplicabilidad, para lo que es imprescindible el uso de nuevos ingredientes y aditivos, con mejores prestaciones y atributos, fruto de análisis y ensayos de gran envergadura, para conseguir sustancias que a su seguridad, unen una elevada calidad y eficacia”, señalan desde la patronal.
Todo ello, en el trasfondo de un marco legal muy estricto tanto a nivel nacional como de la UE, al que las empresas han de estar muy atentas, ya que la legislación es en este ámbito muy cambiante para adaptarse al mercado. En el ámbito legislativo, el presidente de AFCA, Andrés Gavilán, adelanta las reglas del juego en las que se han de mover los ingredientes y aditivos alimentarios, en el marco de su revaluación normativa. La autorización de los aditivos por la Comisión Europea viene marcada por el Reglamento (CE) 257/2010. Muchos de los aditivos colorantes, edulcorantes y misceláneos ya han sido revaluados, si bien la revaluación de los aditivos continuará realizándose de manera regular y pautada, para garantizar en todo momento que se mantiene la seguridad de uso de los mismos, con vistas a su consumo a través de los alimentos tomados por los consumidores.
Revaluación toxicológica de los aditivos alimentarios
A nivel de revaluación toxicológica se ha establecido un Programa por la Comisión Europea, para conocer en el momento actual el estatus de revaluación de los aditivos alimentarios autorizados para su uso en los alimentos.
√Anexo I
- Lista de aditivos alimentarios autorizados aprobados antes del 20 de enero de 2009 y cuya revaluación ha completado la AESA (EFSA), en el momento de adoptar el presente Reglamento. Contempla las siguientes sustancias y fechas en las que ha sido completada la revaluación: E102 tartracina (23 de septiembre de 2009); E104 amarillo de quinoleína (23 de septiembre de 2009); E110 amarillo crepúsculo FCF, amarillo anaranjado S (23 de septiembre de 2009); E122 azorrubina, carmoisina (24 de septiembre de 2009); E 124 ponceau 4R, rojo cochinilla A (24 de septiembre de 2009); E129 rojo allura AC (23 de septiembre de 2009); E160d licopeno (30 de enero de 2009); E234 nisina (26 de enero de 2009); E173 aluminio (22 de mayo de 2008); E214 p-Hidroxibenzoato de etilo (13 de julio de 2004); E 215 p-Hidroxibenzoato de etilo sódico (13 de julio de 2004); E218 p-Hidroxibenzoato de metilo (13 de julio de 2004); E219 p-Hidroxibenzoato de metilo sódico (13 de julio de 2004); E235 natamicina (26 de noviembre de 2009); E473 ésteres de sucrosa de los ácidos grasos (completadas el 23 de noviembre de 2004 y revisada el 26 de enero de 2006); E474 sucroglicéridos (completadas el 23 de noviembre de 2004 y revisada el 26 de enero de 2006); E901 cera de abejas, blanca y amarilla (27 de noviembre de 2007).
√Anexo II
- Prioridades específicas para determinados aditivos alimentarios dentro de las clases funcionales de aditivos alimentarios mencionadas en el artículo 3, apartados 1 y 2.
Parte I: Colorantes
Dentro del plazo general del 31 de diciembre de 2015 fijado para la revaluación de colorantes alimentarios en el artículo 3, apartado 1, se establecen los siguientes plazos específicos para los siguientes colorantes alimentarios:
1) Los siguientes colorantes alimentarios se evaluarían antes del 15 de abril de 2010: E123 amaranto; E151 negro brillante BN, Negro PN; E154 marrón FK; E155 marrón HT, y E180 litol-rubina BK.
2) Los siguientes colorantes alimentarios se evaluarían antes del 31 de diciembre de 2010: E100 curcumina; E127 eritrosina; E131 azul patentado V; E132 indigotina, carmín de índigo; E133 azul brillante FCF; E142 verde S; E150a caramelo natural; E150b caramelo de sulfito cáustico; E150c caramelo amónico; E150d caramelo de sulfito amónico; E161b luteína; E161g cantaxantina; E170 carbonato cálcico.
3) Los siguientes colorantes alimentarios se evaluarán antes del 31 de diciembre de 2015: E101 i) Riboflavina, ii) Riboflavina 5’-fosfato; E120 cochinilla, ácido carmínico, carmines; E140 clorofilas y clorofilinas: i) clorofilas, ii) clorofilinas; E141 complejos cúpricos de las clorofilas y clorofilinas: i) complejos cúpricos de clorofilas, ii) complejos cúpricos de clorofilinas; E153 carbón vegetal; E160d anato, bixina, norbixina; E160a carotenos: i) mezcla de carotenos, ii) betacarotenos; E160c extracto de pimentón, capsantina, capsorrubina; E160e beta-apo-8’-carotenal (C30) (ES 26.3.2010 Diario Oficial de la Unión Europea); E160f éster etílico del ácido beta-apo-8’-carotenoico (C30); E162 rojo de remolacha, betanina; E163 antocianinas; E171 dióxido de titanio; E172 óxidos e hidróxidos de hierro; E174 plata; E175 oro.
Parte II: Aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes
Dentro del plazo general del 31 de diciembre de 2018, fijado para la revaluación de aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes en el artículo 3, apartado 1, se establecen los siguientes plazos específicos para determinados aditivos alimentarios y grupos de aditivos alimentarios:
Los aditivos no sólo se revalúan a nivel toxicológico, para verificar su toxicidad, sino que también se efectúan por parte de EFSA otras tareas como la ampliación de uso y aplicaciones de estos aditivos y la modificación de sus especificaciones técnicas
1) Los conservantes y antioxidantes E200-203, E210-215, E218-252, E280-285, E300-E321 y E586 se evaluarán antes del 31 de diciembre de 2015, concediendo mayor prioridad dentro de este grupo a las siguientes sustancias: E310-312 galatos; E320 butilhidroxianisol (BHA); E321 butilhidroxitolunol (BHT); E220-228 anhídrido sulfuroso y sulfitos; E304 ésteres de ácidos grasos de ácido ascórbico: i) palmitato de ascorbilo, ii) estearato de ascorbilo; E200-203 ácido sórbico y sorbatos; E284 ácido bórico; E285 tetraborato de sodio (bórax); E239 hexametilentetramina; E242 dicarbonato de dimetilo; E249 nitrito de potasio; E250 nitrito de sodio; E251 nitrato de sodio; E252 nitrato de potasio; E280-283 ácido propiónico y sus sales de sodio, calcio y potasio; E306 extracto rico en tocoferoles; E307 alfa-tocoferol; E308 gamma-tocoferol, y E309 delta-tocoferol.
2) Los emulsionantes, estabilizadores y gelificantes E322, E400-E419, E422, E495, E1401 y E1451 se evaluarán antes del 31 de diciembre de 2016, concediendo mayor prioridad dentro de este grupo a las siguientes sustancias: E483 tartrato de estearilo; E491-495 ésteres de sorbitano; E431 estearato de polioxietileno (40), y E432-436 polisorbatos; E444 acetoisobutirato de sacarosa; E481 estearoil-2-lactilato de sodio; E482 estearoil-2-lactilato de calcio; E414 acacia (goma arábiga) (*); E410 goma de garrofín (*); E417 goma tara (*); E422 glicerol, y E475 ésteres poliglicéricos de ácidos grasos [(*) Todas las gomas naturales E 400-418 y E 425 podrían evaluarse al mismo tiempo].
3) Las sustancias E551 dióxido de silicio, E620-625 glutamatos, E1105 lisozima y E1103 invertasa se evaluarán antes del 31 de diciembre de 2016.
4) Los demás aditivos alimentarios distintos de los colorantes y los edulcorantes se evaluarán antes del 31 de diciembre de 2018, concediendo mayor prioridad a las siguientes sustancias: E552 silicato de calcio; E553a silicato de magnesio y trisilicato; E553b talco; E558 bentonita; E999 extracto de quillay; E338-343 ácido fosfórico y fosfatos; E450-452 difosfatos, trifosfatos y polifosfatos; E900 dimetilpolisiloxano; E912 ésteres de ácido montánico; E914 cera de polietileno oxidado; E902 cera de candelilla; E 904 goma laca; E626-629 ácido guanílico, guanilato disódico, guanilato dipotásico y guanilato de calcio; E630-633 ácido inosínico, inosinato disódico, inosinato dipotásico e inosinato cálcico; E634-635 5’-ribonucleótidos cálcicos y 5’-ribonucleótido disódico; E507-511 ácido clorhídrico, cloruro potásico, cloruro cálcico y cloruro magnésico, y E513 ácido sulfúrico.
Los aditivos no sólo se revalúan a nivel toxicológico, para verificar su toxicidad y con ello su seguridad alimentaria, sino que también se efectúan por parte de EFSA las siguientes tareas:
-Ampliación del uso y aplicaciones de los aditivos alimentarios.
-Modificación de las especificaciones técnicas de los aditivos alimentarios.
-Últimas revaluaciones de aditivos propuestas por el panel científico ANS (Food Additives and Nutrition Sources Added to Food) de EFSA.
Ampliación del uso y aplicaciones de los aditivos
Se han producido en los siguientes aditivos:
Colorantes
. Los colorantes E120 (lacas de aluminio) y otros colorantes alimentarios en alimentos dietéticos para usos médicos especiales, a una dosis de 50 ppm. Con una dosis máxima de aluminio, solo en productos líquidos tratados térmicamente.
. Los colorantes E101 (riboflavinas) y E160e (carotenos) en gránulos y copos de patata seca, en dosis quantum satis.
Edulcorantes
. Los edulcorantes E950 (acesulfamo-K) y E955 (sucralosa), para los alimentos dietéticos destinados a niños, para usos médicos especiales, propuestos en la 58ª Sesión Plenaria de EFSA, por el Panel Científico ANS.
. El edulcorante E957 (taumatina), como aditivos alimentario, propuesto en la 58ª Sesión Plenaria de EFSA, por el Panel Científico ANS.
Conservantes
. Los conservantes E210-E213 (ácido benzoico y benzoatos) en camarones cocidos conservados en salmuera, a una dosis de 1.500 ppm.
Misceláneos diversos
. El aditivo E551 (dióxido de silicio) en extracto de romero (E392) seco en polvo, a una dosis de 30.000 ppm.
. El aditivo E1203 (alcohol polivinílico) en el aditivo E1209 (copolímero del injerto del glicol del polietileno de alcohol polivinílico), a una dosis de 5.000 ppm. Con una dosis máxima de aluminio, solo en productos líquidos tratados térmicamente.
Propuestos en la 58ª Sesión Plenaria de EFSA, por el Panel Científico ANS.
Modificación de las especificaciones técnicas
La modificación de las especificaciones técnicas de los aditivos alimentarios ha tenido lugar para los siguientes aditivos:
Soportes
El soporte E1203 (alcohol polivinílico), que modificó su solubilidad en agua y en etanol.
Edulcorantes
El edulcorante E960 (glicósidos del esteviol), que modificará sus especificaciones, según decisión tomada en la Reunión Plenaria 58ª del Panel Científico ANS de EFSA en Parma (8-10 de septiembre de 2015).
Últimas revaluaciones propuestas por EFSA
Por lo que respecta a las últimas revaluaciones de aditivos propuestas por el panel científico ANS (Food Additives and Nutrition Sources Added to Food) de EFSA, afectan a los siguientes aditivos:
Colorantes
. E120 (rojo carmín).
. E160d (licopeno), se estudia modificar el IDA (Ingesta Diaria Admisible: 0-5,0 mg/kg peso corporal y día), que es el principal índice toxicológico de los aditivos.
Conservantes
. E (E250) nitratos y (E249) nitritos.
. E242 (dimetildicarbonato).
Antioxidantes
. E304(i) (palmitato de ascorbilo y derivados).
. E304(ii) (estearato de ascorbilo y derivados).
. E311 (galato de octilo y sustancias derivadas).
. E306 (extractos ricos en tocoferol), E308 (gamma-tocoferol) y E309 (delta-tocoferol) y sustancias derivadas.
Aditivos diversos
. Revaluación de gomas y aditivos de fuentes naturales.
Según decisión tomada en la Reunión Plenaria 58ª del Panel Científico ANS de EFSA.
Nuevos aditivos
. Soportes: El E641 (L-leucina), como soporte en los edulcorantes de mesa, a una dosis máxima de 50.000 ppm.
Nuevas autorizaciones en novel foods
El 11 de diciembre de 2015 se publicó el Reglamento (UE) 2015/2883, por el que se regularán los nuevos alimentos en la Unión Europea. Entretanto, en el presente año 2015 se han autorizado diversos novel foods, que exponemos a continuación:
Entre los novel foods aprobados en 2015 figura el aceite de microalga Schyzochitrium ATCC/PTA 9695, los flavonoides del Glycyrrhiza glabra y el aceite de semillas de Buglossoides arvensis
-Aceite de microalga Schyzochitrium ATCC/PTA 9695. Aplicable a: cereales, productos lácteos, grasas para untar, productos de panadería, barritas de cereales, bebidas no alcohólicas, grasas culinarias, complementos alimenticios, alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales, alimentos destinados a dietas de bajo valor calórico, entre otros alimentos, con unas dosis máximas en DHA, que van desde 80 a 600 mg/100 g.
-Productos lácteos tratados térmicamente y fermentados por el basteroides xylanosolvens DSM 23964. Aplicable a productos alimenticios.
-Flavonoides del Glycyrrhiza glabra (Linneo) “Glavonoid”.Aplicable a: alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales, alimentos destinados a dietas de bajo valor calórico para la reducción del peso corporal, a una dosis máxima de 120 mg/día.
-Aceite de semillas de Buglossoides arvensis. Aplicable a: productos lácteos, cereales, quesos, mantequilla, alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales, alimentos destinados a dietas de bajo valor calórico y complementos alimenticios, a unas dosis máximas de 250 a 750 mg/100 g en ácido estearidónico.
-Lacto-N-neotetraosa. El Panel Científico NDA (Dietetic Products, Nutrients and Allergies) de EFSA, la ha hallado segura a nivel toxicológico, por lo que será aprobada para su uso como novel food por la Comisión Europea.
Revaluación en aromas
Se han suprimido seis sustancias aromatizantes del Reglamento (UE) 872/2012 (Listado de aromatizantes), por razones toxicológicas, tras la evaluación científica realizada por el Panel Científico CEF (Food Contact Materials, Enzymes and Flavourings and Processing Aids) de EFSA:
. FL 1014.- 1-metil-naftaleno.
. FL 13052.- Furfuril metil éter.
. FL 13056.- Difurfuril sulfuro.
. FL 13061.- Difurfuril éter.
. FL 13123.- Etil furfuril éter.
Posteriormente EFSA ha hallado nuevas sustancias aromatizantes, con efecto genotóxico: el perillaldehído en aromas cítricos, el mirtenal, mirtenol, ésteres de mirtenilo y otros. Estas sustancias quedan pendientes de ratificación final.
Aproximación a la Lista definitiva de enzimas
Con vistas a la futura y muy deseada Lista definitiva de enzimas alimentarios autorizados, con sus dosis de empleo, condiciones de uso y aplicaciones alimentarias del Reglamento (CE) 1332/2008, la DG Sanco ha publicado un documento que contiene más de 300 enzimas, entre las que sobresalen los siguientes tipos: bromelaína (de la piña); papaína (de la papaya); lisozima; catalasas; xilanasas; glucosidasas; quimosinas; amilasas; pectinasas; glucanasas; trombina; asparaginasas (que poseen otros usos, tal como la reducción de la acrilamida generada en ciertos alimentos); transglutaminasas, y proteasas.
La lista no es definitiva, “ni posee valor legal”, si bien proporciona el escenario de partida, que permitirá a las empresas alimentarias, cuando se apruebe el Listado Definitivo, la utilización de este importante grupo de sustancias biocatalizadoras, que permiten la elaboración de un elevado número de alimentos, de gran calidad, estabilidad, durabilidad y aplicaciones en los productos alimenticios.
Cambios en nutrientes, materiales y alegaciones
El grupo de los nutrientes comprende a las vitaminas y a los minerales. Dichos nutrientes forman parte de manera habitual de la composición química de los alimentos funcionales, aquellos que proporcionan efectos saludables.
En 2015, han tenido lugar diversas evaluaciones científicas por parte de EFSA que han afectado a la vitamina B12, la vitamina A, el hierro, el calcio y el magnesio
Al igual que los aditivos, periódicamente son revaluados, con la diferencia de que en el caso de los nutrientes esta revaluación se realiza para modificar, si procede, las CDR (Cantidades Diarias Recomendables) y así garantizar que se imparten las elevadas y variadas propiedades saludables que poseen las vitaminas y los minerales a los consumidores. La Directiva 2008/100/CE es la que regula actualmente las CDR de los nutrientes.
En el presente año 2015, han tenido lugar diversas evaluaciones científicas por parte de EFSA que han afectado a los siguientes nutrientes: vitamina B12, vitamina A, hierro, calcio y magnesio. En el caso concreto de la vitamina B12 (cianocobalamina), se propone cambiar la CDR actual de 2,5 ug/día por 4 ug/día.
Por lo que respecta a los nuevos materiales y objetos plásticos en contacto con los alimentos, se han aprobado 16 nuevas sustancias, que podrán utilizarse para la fabricación de materiales (entre ellos envases, cierres, etc.), que podrán estar en contacto con los alimentos con seguridad, entre las que destacan: el caolín, el carbón activo, el fenol, el ácido L(+)- tartárico, poliglicerol y cera copolímero de etileno y acetato de vinilo.
En cuanto a las nuevas alegaciones de propiedades saludables en los alimentos, cabe destacar que se ha aprobado una declaración saludable a los flavanoles del cacao, por la que se podrá indicar que “Mantiene la elasticidad de los vasos sanguíneos, lo que contribuye a un flujo sanguíneo normal”, informando al consumidor, que el efecto beneficioso se produce con una ingesta diaria de 200 mg de flavonoides de cacao en bebidas de cacao y en cápsulas o comprimidos con extracto de cacao rico en flavonoides.
En contraposición, se han rechazado 16 propuestas de declaraciones saludables.
En este ámbito, cabe citar que la Comisión Europea ha hecho pública en octubre de 2015 una hoja de ruta para la evaluación de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos con respecto a las sustancias botánicas y sus preparaciones. La citada hoja de ruta prevé iniciar estas acciones en enero de 2016 y entre sus iniciativas figura la realización de una consulta pública que se pondría en marcha hacia la segunda mitad de 2016 y, en paralelo, se hará otra consulta a las partes interesadas. Los resultados de estas consultas se incorporarán al informe de evaluación de la Comisión.
Futuras novedades
Respecto a las expectativas del sector, según señala el presidente de AFCA, Andrés Gavilán, “la publicación del nuevo Reglamento de Novel Foods, ofrecerá nuevas oportunidades de desarrollo de alimentos funcionales con nuevas propiedades e innumerables aplicaciones de productos alimenticios muy innovadores y atractivos para los consumidores, en especial los nanomateriales”. Asimismo, enumera una serie de aspectos que centran la atención respecto a los posibles cambios normativos:
“Se ha esperado con gran intensidad la publicación del nuevo Reglamento de Novel Foods, que ofrecerá oportunidades de desarrollo de alimentos funcionales con nuevas propiedades e innumerables aplicaciones”, dice el presidente de AFCA, Andrés Gavilán
.En aromas, “se anhela la publicación del siguiente grupo de aromas pendiente de legalización: las preparaciones aromatizantes”.
.En colorantes, la atención se centra en la nueva categoría de los extractos alimentarios con propiedades colorantes.
.Nuevas tecnologías de procesamiento de los alimentos.
.Nuevas declaraciones saludables autorizadas, en especial para los prebióticos y la irrupción tan deseada de los probióticos.
.Nuevos envases activos (que interaccionan con los alimentos que contienen) y los envases inteligentes (que controlan los parámetros físicos y químicos de los alimentos y detectan deterioros químicos y/o biológicos prematuros de los alimentos).
.Publicación de nuevos tipos de contaminantes químicos y nuevos plaguicidas y biocidas.
.Posible fijación de niveles máximos para el contaminante procesal acrilamida, en cafés, panes, galletas y patatas fritas.
.Publicación de nuevas sustancias interruptoras/disruptoras endocrinas.
.Nuevas biotoxinas, generadas por hongos y algas en alimentos de origen vegetal y de origen animal y las nuevas biotoxinas marinas.
.Nuevos alérgenos y sustancias que causan intolerancias.
.Nuevos contaminantes procesales (aquellos que surgen de manera inevitable en la fabricación correcta de algunos tipos de alimentos: acrilamida, hidrocarburos aromáticos policíclicos, 3-monocloro-propanodiol, carbamato de etilo, hidroximetil furfural, oxiesteroles, melamina, benceno…), que como la acrilamida son genotóxicos, alteran seriamente la calidad de los alimentos.