
Hasta el 31 de diciembre de 2014 han sido aplicables los contenidos máximos de ocratoxina A para el pimentón y otros frutos del género Capsicum spp., previstos por el Reglamento 1881/2006, de 19 de diciembre de 2006, de la Comisión, por el que se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios. Dicho Reglamento establece un contenido máximo de ocratoxina A de 30 µg/kg en Capsicum spp., para los frutos de dicho género desecados, enteros o pulverizados, incluidos los chiles, el chile en polvo, la cayena y el pimentón.
Según informa la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), el fin de la aplicación de esta norma, supone que, a partir del 1 de enero de 2015, el contenido máximo previsto en este Reglamento es de 15 µg/kg. Sin embargo, se ha contemplado que, aunque ha habido una mejora en la aplicación de buenas prácticas en las diferentes regiones productoras del mundo, el citado nivel previsto no es aplicable en las especies de Capsicum debido a condiciones ambientales desfavorables durante el cultivo y la cosecha.
Ante esta circunstancia, la Comisión Europea ha propuesto un contenido máximo ligeramente superior, hasta los 20 µg/kg, que se considera “alcanzable con la aplicación de buenas prácticas y que asegura un alto nivel de protección de la salud pública”. La medida propuesta en la reunión de la Sección de Seguridad Toxicológica de la Cadena Alimentaria del Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos, celebrado en Bruselas el pasado 28 de noviembre, contó con el apoyo de la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea.
El próximo paso será la presentación por parte de la Comisión Europea, del proyecto de Reglamento que establece este nuevo valor de 20 µg/kg, para su votación en la siguiente reunión del Comité, prevista para el 11 de febrero de 2015. La medida se aplica, con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2015.