En la UE los colorantes que se prohibirán en EEUU están regulados

Estados Unidos vetará antes de 2027 el uso de seis colorantes sintéticos en alimentos, según han comunicado las autoridades encargadas de la seguridad alimentaria en el país. Tras el anuncio de estas medidas, la asociación española AFCA aclara que esta decisión no tiene repercusión en la Unión Europea, donde cinco de estos seis aditivos siguen autorizados según el Reglamento (CE) Nº 1333/2008, “siempre que se utilicen conforme a las condiciones y límites establecidos”
30 de mayo de 2025, 13:00

La Administración de Alimentos y Fármacos (FDA), agencia del Gobierno de Estados Unidos responsable de la regulación alimentaria, ha anunciado una serie de nuevas medidas para eliminar gradualmente todos los colorantes sintéticos derivados del petróleo de la composición de los alimentos del país. Entre ellas, ha avanzado que “se iniciará el proceso para revocar la autorización de dos colorantes alimentarios sintéticos, Rojo Cítrico 2 y Naranja B, en los próximos meses” y que trabajará con la industria para eliminar los seis colorantes sintéticos restantes, conocidos como rojo 40, amarillo 5, amarillo 6, azul 1, azul 2 y verde 2, para finales del próximo año.En paralelo y de cara a ayudar a que la industria pueda reemplazar estos colorantes, el paquete de medidas contempla autorizar cuatro nuevos aditivos de color natural en las próximas semanas, al tiempo que acelerar la revisión y aprobación de otros. Asimismo, el plan de acción de la FDA incluye la asociación con los Institutos Nacionales de Salud (NIH) para llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre la forma en que los aditivos alimentarios afectan a la salud y el desarrollo de los niños. En palabras del secretario de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos, Robert F. Kennedy, Jr, los aditivos que se vetan, “no ofrecen ningún beneficio nutricional y plantean peligros reales y medibles para la salud y el desarrollo de nuestros niños”.

En la UE los colorantes que se prohibirán en EEUU están regulados

Se trata de aditivos artificiales que, por su aportación de colores brillantes, se emplean especialmente en productos que buscan ser llamativos para el consumidor, caso de algunos snacks salados o dulces como las grageas de chocolate o caramelo, así como determinadas bebidas refrescantes. Al respecto, cabe recordar que en la UE, el 20 de julio de 2010 entró en vigor la normativa sobre colorantes azoicos recogida en el Reglamento CE 1333/2008 sobre Aditivos Alimentarios, que marcaba la obligatoriedad, para los productos que incluyeran estos colorantes, de advertir en sus etiquetas que éstos “pueden tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños”, lo que desde entonces, ha llevado a gran parte de los fabricantes de dulces y aperitivos en nuestro país a ir eliminando no solo estos colorantes de sus formulaciones, sino también otros aditivos sintéticos, sustituyéndolos por colorantes e ingredientes naturales para lograr etiquetados clean label.

Cinco de los seis colorantes vetados en EEUU están autorizados en la UE

Tras el anunció de las autoridades estadounidense de prohibir estos seis colorantes sintéticos, desde Tecnifood hemos consultado a la organización española AFCA (Asociación de Fabricantes y Comercializadores de Aditivos y Complementos Alimentarios) sobre los posibles efectos de este veto en la UE y sobre el uso actual en nuestro mercado de estos colorantes que serán vetados en EEUU. Al respecto, AFCA ha declarado que “no hemos recibido ninguna notificación de parte de Aesan (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición), ni de otros interlocutores, avisándonos de que la disposición de la FDA nos pueda suponer inconvenientes a nivel de la UE, más allá de los que puedan surgir a nivel comercial”. En cualquier caso, los fabricantes españoles que empleen estos aditivos en sus formulaciones habrán de eliminarlos para su exportación al mercado estadounidense, antes de 2027.

En cuanto al marco normativo europeo, el uso de aditivos alimentarios está regulado por el Reglamento (CE) Nº 1333/2008, que establece una lista positiva de sustancias permitidas recogida en su Anexo II. En la Parte B de dicho anexo se enumeran los aditivos autorizados, junto con sus condiciones y límites específicos de uso según la categoría del alimento. Según explican desde AFCA, “de los colorantes mencionados por la FDA, actualmente están autorizados en la Unión Europea: rojo allura AC (E-129), correspondiente al rojo 40; tartrazina (E-102), equivalente al amarillo 5; amarillo ocaso FCF (E-110), correspondiente al amarillo 6; azul brillante FCF (E-133), equivalente al azul 1; e indigotina (E-132), correspondiente al azul 2”.

A ello añade que “todos ellos forman parte de la lista positiva de aditivos del Reglamento (CE) Nº 1333/2008 y su uso está sujeto a límites máximos de concentración, así como a requisitos específicos de etiquetado, especialmente en productos destinados a la población infantil”. Por ejemplo, en el caso de la tartrazina (E-102), el amarillo ocaso FCF (E-110) y el rojo allura AC (E-129), entre otros, la legislación europea exige incluir una advertencia en el etiquetado que indique que pueden tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños, según lo establecido en el Reglamento (UE) Nº 1169/2011.

Por otro lado, AFCA clarifica que “el colorante FD&C verde 3, también conocido como verde FCF (Fast Green FCF), no está autorizado en la Unión Europea para su uso en productos alimentarios”, ya que no figura en el listado del Anexo II del Reglamento (CE) Nº 1333/2008. Por tanto, “su eliminación en EEUU no tendría implicaciones prácticas para el mercado europeo”.

En conclusión, aunque la FDA de Estados Unidos ha iniciado un proceso para eliminar progresivamente ciertos colorantes sintéticos del suministro alimentario por motivos de salud pública, “esta medida no afecta directamente a la legislación de la Unión Europea, que mantiene la autorización de cinco de los seis colorantes en cuestión, bajo un sistema normativo propio basado en evaluaciones científicas de la EFSA. Por tanto, estos aditivos continúan siendo legales en la UE, siempre que se utilicen conforme a las condiciones y límites establecidos”, inciden desde AFCA.

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