Novedades técnico-legislativas 2024 y avance 2025

En esta recopilación se incluye normativa ESPAÑOLA y EUROPEA, de carácter vertical (específica de producto) y horizontal (general de la industria de alimentación y bebidas)
21 de julio de 2025, 11:00

LEGISLACIÓN ESPAÑOLA

Novedades técnico-legislativas 2024 y avance 2025

1. ALIMENTACIÓN Y BEBIDAS

Aceites y grasas

Real Decreto 351/2025, de 30 de abril, por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites vegetales comestibles.Con la publicación de este Real Decreto se establecen las normas de calidad aplicables a la producción y comercialización de aceites vegetales comestibles, con excepción de los aceites de oliva y de orujo de oliva, regulados por su norma específica. Asimismo, se establecen las denominaciones, las características y las disposiciones relativas al etiquetado de los aceites regulados por esta norma.

Orden APA/286/2025, de 20 de marzo, por la que se concede el Premio Alimentos de España mejores aceites de oliva virgen extra, campaña 2024-2025.Con la publicación de esta Orden se concede el Premio Alimentos de España Mejores Aceites de OlivaVirgen Extra: Categoría producción convencional: «Frutado Verde Amargo»: aceite de Venchipa, SL, deVentas de Huelma (Granada). «Frutado Verde Dulce»: aceite de Agrícola de Bailén Virgen de Zocueca, Sociedad Cooperativa Andaluza, de Bailén (Jaén). «Frutado Maduro»: aceite de la DOP Les Garrigues deAgraria Espluguense i Seccio de Credit SCCL, de l'Espluga Calba (Lleida). Categoría producción ecológica:aceite de Aceites Finca la Torre, SLU, Antequera (Málaga). Premio Especial Alimentos de España Mejor Aceite de Oliva Virgen Extra: Aceite de Venchipa, SL, de Ventas de Huelma (Granada).

Orden APA/860/2024, de 7 de agosto, por la que se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional del Aceite de Oliva Español al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar actividades de promoción del aceite de oliva, mejorar la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de investigación y desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante las campañas 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027, 2027/2028 y 2028/2029. Con la publicación de esta Orden se aprueba la extensión del acuerdo de la Organización Interprofesional del Aceite de Oliva Español para la realización de actividades de promoción del aceite de oliva, mejorar la información y el conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de innovación y estudios con aportación económica obligatoria para cinco campañas durante el periodo comprendido entre 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2029.

Aceitunas

Resolución de 8 de abril de 2025, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, para la ejecución de una campaña de promoción internacional del sector de la aceituna de mesa en China en 2025.Con la publicación de esta Resolución se publica el Convenio con la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa para la ejecución de una campaña, en 2025, de promoción del sector para reforzar su presencia internacional en China, y contribuir a la internacionalización de la economía española.

Cereales

Resolución de 9 de julio de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por laque se modifica la de 27 de septiembre de 2022, por la que se establecen los criterios técnicos para la consideración de operador pertinente y los medios electrónicos para el cumplimiento de la obligación de comunicación de existencias de cereales, semillas oleaginosas y arroz establecida en el Reglamento de Ejecución 2022/791 de la Comisión, de 19 de mayo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/1185, y en la disposición adicional tercera del Real Decreto 861/2018, de 13 de julio, por el que se establece la normativa básica en materia de declaraciones obligatorias de los sectores del aceite de oliva y las aceitunas de mesa y por el que se modifica el Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola. Con la publicación de esta Resolución se modifican las fechas de la comunicación de la superficie aceptada para la certificación de semillas de cereales, arroz, semillas oleaginosas y proteaginosas siendo como máximo el 15 de noviembre de cada año. En cuanto a la cantidad de semillas recolectadas para la certificación, la comunicación se hará a más tardar el día 15 de enero. Por último, en lo relativo al nivel de existencias de semillas certificadas, se realizarán dos comunicaciones al año: antes del 15 de febrero yantes del 15 de julio.

Miel

Real Decreto 68/2025, de 4 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1049/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Norma de calidad relativa a la miel. Con la publicación de este Real Decreto se establece la obligación de mencionar en la etiqueta el país de origen en que la miel haya sido recolectada, así como, en el caso de las mezclas, el listado de los países de origen en que la miel haya sido recolectada, junto con sus respectivos porcentajes, en proporción decreciente en peso. En el caso de los envases que contengan menos de 30 gramos netos de miel, los nombres de los países de origen podrán sustituirse por un código compuesto por dos letras, de conformidad con la última versión de los códigos de dos letras de la norma internacional ISO 3166-1 (alfa-2) en vigor. La norma entrará en vigor el 14 de junio de 2026.

Pan

Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Tributos, sobre el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable al pan. Con la publicación de esta Resolución se establece que será de aplicación el tipo reducido del 4 por ciento alas entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de todos los productos referidos en el RealDecreto 308/2019, por el que se aprueba la norma de calidad para el pan, así como a los productos que, respondiendo a la definición de pan común, pan especial o productos semielaborados referidos en el mismo, hayan sido elaborados con harina exenta de gluten, bien sea de forma natural o porque haya sido objeto de un tratamiento especial para reducir su contenido de gluten, o en el que harina haya sido sustituida por otros ingredientes exentos de gluten de forma natural; aunque estos sean mayoritarios en su composición.

2. OTRAS DISPOSICIONES DE INTERÉS

Consumidores y usuarios

Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo. Con la publicación de este Real Decreto se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo.

Control metrológico y unidades de medida

Real Decreto 249/2025, de 25 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología. Con la publicación de este Real Decreto se introducen modificaciones en el anexo III del Real Decreto 244/2016, para mejorar la aplicación del marcado, etiquetas y precintos en los instrumentos sometidos a control metrológico teniendo en cuenta las necesidades actuales y el anexo IV para incorporar a nuestra normativa las modificaciones en guías y recomendaciones relativas a los requisitos exigibles al software relevante vinculado a la medición en los instrumentos de medida sometidos a control metrológico.

Orden ITU/1475/2024, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del estado de determinados instrumentos de medida.Con la publicación de esta Orden se modifica la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del estado de determinados instrumentos de medida.

Control oficial

Orden PJC/756/2024, de 22 de julio, por la que se delimitan las actuaciones a realizar en los servicios de control oficial en frontera dependientes funcionalmente del Ministerio de Agricultura, Pesca yAlimentación y del Ministerio de Sanidad. Con la publicación de esta Orden se delimitan las actuaciones a realizar en los servicios de control oficial en frontera sobre los animales y mercancías cuando se introduzcan en la Unión en el marco delReglamento 2017/625 relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.

Higiene y Seguridad Alimentaria

Real Decreto 315/2025, de 15 de abril, por el que se establecen normas de desarrollo de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, para el fomento de una alimentación saludable y sostenible en centros educativos.Con la publicación de este Real Decreto se establecen las medidas que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la Ley 17/2011, de seguridad alimentaria y nutrición, deben adoptarse en el ámbito escolar para garantizar una alimentación saludable y sostenible. En particular, se establecen los criteriosmínimos de calidad nutricional y sostenibilidad que deben observarse en la contratación de los servicios ysuministros relacionados con la oferta de alimentos y bebidas en los centros educativos.

Real Decreto 614/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. Con la publicación de este Real Decreto se modifica el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis

Medioambiente

Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Agenda 2030, por la que se publica el Convenio con la Red Española para el Desarrollo Sostenible, para la implementación de actuaciones relacionadas con el Plan de Aceleración de la Estrategia de Desarrollo Sostenible.Con la publicación de esta Resolución se publica el Convenio con la Red Española para el Desarrollo Sostenible, para la implementación de actuaciones relacionadas con el Plan de Aceleración de la Estrategia de Desarrollo Sostenible.

Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario. Con la publicación de esta Ley, se establecen obligaciones para prevenir y reducir el desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, estableciéndose entre otras obligaciones el cumplimiento de una jerarquía de prioridades para dar salida a los excedentes, la implantación de un Plan de prevención, y llevar a cabo acuerdos de donación con entidades sociales o bancos de alimentos. Las empresas de hasta 1300m2 estarán excluidas de tener que implantar el plan de prevención y de llevar a cabo los acuerdos de donación, pero tendrán que aplicar la jerarquía de prioridades. Los establecimientos que operen bajo un mismo código de identificación fiscal, independientemente de su tamaño, si en su conjunto superan los 1.300 m2 de superficie quedarán obligados a cumplir con la jerarquía de prioridades (art. 5), con el plan de prevención (art. 6.4.a) y con el acuerdo de donación (art. 6.4.b).

Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Con la publicación de este Real Decreto se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

Real Decreto 91/2025, de 11 de febrero, por el que se establece el mecanismo de gobernanza en materia de energía, cambio climático y calidad del aire. Con la publicación de este Real Decreto se definen los mecanismos para la elaboración, aprobación y envío del Inventario Nacional y las proyecciones de emisiones a la atmósfera, la identificación, seguimiento y envío de las políticas y medidas en materia de energía y clima, el cumplimiento de las obligaciones de información y envío de Informes de Situación Nacionales Integrados de Energía y Clima, y la elaboración y envío de la Comunicación Nacional de España y del Informe Bienal de transparencia.

Real Decreto 1085/2024, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de reutilización del agua y se modifican diversos reales decretos que regulan la gestión del agua. Con la publicación de este Real Decreto se regula la utilización de agua regenerada para determinados usos, fomentando la reutilización. Así mismo se promueve el aprovechamiento, recirculación y reutilización del agua antes de su incorporación al sistema de saneamiento con la finalidad de reducir la demanda de recursos hídricos naturales. Se introduce la posibilidad para la Industria Alimentaria, de utilizar agua regenerada que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 65 del Real Decreto 3/2023 para la limpieza de materias primas y de superficies, materiales y objetos destinados al contacto con los alimentos.

Organismos y Procedimientos Estatales

Resolución de 10 de julio de 2024, de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, O.A., por la que se convocan los Premios Estrategia NAOS 2024. Con la publicación de esta Resolución se convocan los XVIII Premios Estrategia NAOS, edición 2024.

Orden APA/859/2024, de 1 de agosto, por la que se concede el Premio Alimentos de España, año 2024. Con la publicación de esta Orden se concede el Premio Alimentos de España a: Industria Alimentaria:Agro Sevilla Aceitunas, SCA, Sevilla. Innovación: Conservas Familia Conesa, SL, San Fulgencio (Alicante).Iniciativa Emprendedora: Naria Tech, SL, Castellón de la Plana (Castellón). Producción Ecológica: Luque Ecologico, SL, Castro del Río (Córdoba). Internacionalización Alimentaria: Unica Group, S. Coop. And., Almería. Producción de la Pesca y de la Acuicultura: Cataliment, SL, de Alcantarilla (Murcia).Comunicación: Efeagro, SA. Promoción: Asociación de Organizaciones de Productores Pesca España.Restauración: Restaurante Ambivium, SL, de Peñafiel (Valladolid). Iniciativa para la Reducción delDesperdicio Alimentario: E.I. Es Im-Perfect Food, SL, de Barcelona.

Seguridad

Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contraincendios en los establecimientos industriales. Con la publicación de este Real Decreto se aprueba un nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales que deroga y sustituye al aprobado por el Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre.

Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se publican las instrucciones técnicas para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía aérea. Con la publicación de esta Resolución se publican las instrucciones técnicas para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía aérea.

Real Decreto 612/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Con la publicación de este Real Decreto se establecen las disposiciones mínimas aplicables a las actividades en las que los trabajadores estén o puedan estar expuestos a agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos como consecuencia de su trabajo, sin perjuicio de aquellas disposiciones específicas contenidas en la normativa vigente relativa a la protección sanitaria contra las radiacionesionizantes.

Transporte

Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías.Con la publicación de esta Resolución se exceptúa temporalmente a algunas operaciones de transporte de mercancías del cumplimiento de las normas establecidas en algunos artículos del Reglamento 561/2006.

Resolución de 21 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, por la que se modifica la de 18 de marzo de 2022, por la que se establecen los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera. Con la publicación de esta Resolución se modifica el anexo III sobre infracciones de la Resolución de 18 de marzo de 2022, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establecen los controles mínimos sobre las jornadas de trabajo de los conductores en el transporte por carretera.

Orden TRM/59/2025, de 16 de enero, por la que se regula el certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte público internacional de mercancías por carretera.Con la publicación de esta Orden se regula el certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte público internacional de mercancías por carretera.

Orden ITU/1468/2024, de 11 de diciembre, por la que se modifican el Anejo 4 del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones; y la Orden ICT/370/2021, de 14 de abril, por la que se modifican los anejos del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero. Con la publicación de esta Orden se adapta la normativa a las circunstancias específicas de Canarias, aplazando la aplicación en dicho territorio de las disposiciones relativas a los ensayos a que deben someterse los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada para la renovación de los certificados de conformidad.

Real Decreto 613/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Con la publicación de este Real Decreto se concretan los supuestos y las condiciones en que las empresas de transporte establecidas en España pueden utilizar vehículos matriculados en otro Estado miembro.

LEGISLACIÓN EUROPEA

Novedades técnico-legislativas 2024 y avance 2025

Aceites vegetales

Decisión 2025/1213 de 12 de junio de 2025 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de laUnión Europea, en el Consejo de Miembros del Consejo Oleícola Internacional (COI) en lo que respecta ala norma comercial aplicable a los aceites de oliva y a los aceites de orujo de oliva. Con la publicación de esta Decisión la Unión Europea respaldará la introducción de la revisión 4 del método de análisis para la determinación del contenido de ceras y ésteres etílicos de los ácidos grasos mediante cromatografía de gases con columna capilar; la introducción del método para la determinación del contenido de diglicéridos y triglicéridos; la introducción de una nota a pie de página que modifique el límite de esteroles totales para los aceites de oliva monovarietales elaborados con las variedades de oliva koroneiki o nocellara del Belice; y la supresión de la detección de trazas de disolventes halogenados de la norma comercial.

Decisión 2024/2911 de 5 de noviembre de 2024 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre dela Unión Europea, en el Consejo de Miembros del Consejo Oleícola Internacional (COI) en lo que respecta a un método de análisis y la norma comercial del COI aplicable a los aceites de oliva y a los aceites de orujo de oliva.Con la publicación de esta Decisión la UE respaldará la revisión de la norma comercial COI/T.15/NC3 aplicable a los aceites de oliva y a los aceites de orujo de oliva y la revisión del método COI/T.20/Doc.28/Rev. 3 (Determinación del contenido de ceras y ésteres etílicos de los ácidos grasos mediante cromatografía de gases con columna capilar).

Reglamento 2024/2707 de 21 de octubre de 2024 que modifica el Reglamento de Ejecución 2022/2105 por el que se establecen las normas relativas a los controles de conformidad de las normas de comercialización del aceite de oliva y a los métodos de análisis de las características del aceite de oliva. Con la publicación de este Reglamento se incluyen los métodos de análisis más recientes establecidos por el COI, en el Reglamento de Ejecución 2022/2105.

Aceitunas

Decisión 2025/1133 de 26 de mayo de 2025 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Miembros del Consejo Oleícola Internacional en lo que respecta a la adhesión de la República de Irak al Convenio Internacional del Aceite de Oliva y de las Aceitunas de Mesa de 2015.Con la publicación de esta Decisión la Unión respaldará la adhesión del Gobierno de la República de Irak al Convenio, en una futura sesión del Consejo de Miembros o en el marco de un procedimiento de adopción de decisiones por el Consejo de Miembros.

Azúcar

Decisión 2024/2703 de 10 de octubre de 2024 relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea en el Consejo Internacional del Azúcar en relación con la prórroga del Convenio Internacional del Azúcar de 1992. Con la publicación de esta Decisión se establece la posición que adoptará la Unión Europea en la 65.a reunión del Consejo Internacional del Azúcar que será la de votar a favor de la prórroga del ConvenioInternacional del Azúcar de 1992 por un nuevo período de dos años, desde el 1 de enero de 2025 hasta el31 de diciembre de 2026.

Bebidas

AlcohólicasReglamento 2025/29 de 30 de octubre de 2024 por el que se deroga el Reglamento Delegado 2021/1235, por el que se completa el Reglamento 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al registro de las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la anulación del registro y al registro.Con la publicación de este Reglamento, se deroga el Reglamento 2021/1235 en lo relativo al registro de las IG de las bebidas espirituosas, entre otras cuestiones.

Reglamento 2025/28 de 30 de octubre de 2024 por el que se modifica el Reglamento Delegado 2019/33, por el que se completa el Reglamento 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la presentación. Con la publicación de este Reglamento se suprimen determinadas disposiciones del Reglamento 2019/33 en lo relativo a las solicitudes de protección de DO, IG y términos tradicionales, al etiquetado, y a las modificaciones del pliego, entre otras.

Reglamento 2025/26 de 30 de octubre de 2024 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las inscripciones en el registro, las modificaciones, las cancelaciones, la ejecución de la protección, el etiquetado y la comunicación en relación con las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2019/34 en lo que respecta a las indicaciones geográficas del sector vitivinícola y por el que se derogan los Reglamentos de Ejecución 668/2014 y 2021/1236. Con la publicación de este Reglamento se establecen disposiciones en lo relativo a las inscripciones en el registro, a las modificaciones, a las cancelaciones, al etiquetado y a la comunicación de las indicaciones geográficas y las especialidades tradicionales garantizadas.

Reglamento 2024/1921 de 12 de julio de 2024 por el que se aprueba una modificación de un término tradicional en el sector vitivinícola con arreglo al artículo 115, apartado 2, del Reglamento 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo («Palo Cortado»). Con la publicación de este Reglamento se aprueba la modificación del término tradicional «Palo Cortado» y se inscribe en el registro electrónico de términos tradicionales protegidos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución 2019/34.

Reglamento 2024/1920 de 12 de julio de 2024 por el que se aprueba una modificación de un término tradicional en el sector vitivinícola con arreglo al artículo 115, apartado 2, del Reglamento 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo («Oloroso»). Con la publicación de este Reglamento se aprueba la modificación del término tradicional «Oloroso» y se inscribe en el registro electrónico de términos tradicionales protegidos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución 2019/34.

Reglamento 2024/1898 de 11 de julio de 2024 por el que se aprueba una modificación de un término tradicional en el sector vitivinícola con arreglo al artículo 115, apartado 2, del Reglamento 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo («Amontillado»). Con la publicación de este Reglamento se aprueba la modificación del término tradicional «Amontillado» y se inscribe en el registro electrónico de términos tradicionales protegidos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución 2019/34.

Reglamento 2024/1897 de 11 de julio de 2024 por el que se aprueba una modificación de un término tradicional en el sector vitivinícola con arreglo al artículo 115, apartado 2, del Reglamento 1308/2013 delParlamento Europeo y del Consejo («Fino»). Con la publicación de este Reglamento se aprueba la modificación del término tradicional «Fino» y se inscribe en el registro electrónico de términos tradicionales protegidos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución 2019/34.

Reglamento 2024/1895 de 11 de julio de 2024 por el que se aprueba una modificación de un término tradicional en el sector vitivinícola con arreglo al artículo 115, apartado 2, del Reglamento 1308/2013 delParlamento Europeo y del Consejo («Añejo»). Con la publicación de este Reglamento se aprueba la modificación del término tradicional «Añejo» y se inscribe en el registro electrónico de términos tradicionales protegidos a que se refiere el artículo 25 del Reglamento de Ejecución 2019/34.

Complementos Alimenticios

Reglamento 2025/352 de 21 de febrero de 2025 por el que se modifica la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al calcidiol monohidratado utilizado en la fabricación de complementos alimenticios.Con la publicación de este Reglamento se incluye el calcidiol monohidratado en la lista de sustancias vitamínicas y minerales que figura en el anexo II de la Directiva 2002/46/CE, a fin de permitir su uso como fuente de vitamina D en complementos alimenticios.

Huevos

Reglamento 2024/2506 de 3 de julio de 2024 que corrige la versión en lengua española del Reglamento Delegado 2023/2465, por el que se completa el Reglamento 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas de comercialización de los huevos. Con la publicación de este Reglamento se corrige la versión española del Reglamento 2023/2465, en lo que se refiere a la denominación de los huevos XL.: super grandes: peso ≥ 73 gramos;».

Miel

Reglamento 2024/2166 de 20 de agosto de 2024 relativo a la introducción y la gestión de contingentes arancelarios para la miel a tenor de lo dispuesto en el Reglamento 2024/1392 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las medidas temporales de liberalización del comercio que completan las concesiones comerciales aplicables a los productos ucranianos en virtud del Acuerdo de Asociación entre la Unión y Ucrania.Con la publicación de este Reglamento se introducen y gestionan contingentes arancelarios para la miel con Ucrania.

Productos Ecológicos

Reglamento 2025/973 de 23 de mayo de 2025 por el que se modifica y corrige el Reglamento de Ejecución 2021/1165 por el que se autorizan determinados productos y sustancias para su uso en la producción ecológica y se establecen sus listas. Con la publicación de este Reglamento se permite, entre otros, el uso de etileno para la inducción de la floración en la piña, así como el uso, en cultivos ecológicos, de microorganismos que no procedan de organismos modificados genéticamente, como sustancias activas contenidas en los productos fitosanitarios para la producción ecológica en terceros países.

Reglamento 2025/883 de 14 de mayo de 2025 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2021/2325 en lo que respecta al reconocimiento de determinados terceros países, autoridades de control y organismos de control a efectos de la importación de productos ecológicos en la Unión. Con la publicación de este Reglamento se suprime la lista de organismos de control (anexo II) por quedar obsoleta y se modifica el anexo 1, incluyendo en él la descripción de las categorías de producto para lasque se reconocen los terceros países.

Reglamento 2025/882 de 14 de mayo de 2025 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2021/1378 de la Comisión en lo que respecta al reconocimiento de determinados organismos de control de conformidad con el artículo 46 del Reglamento 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo como competentes para llevar a cabo controles y expedir certificados ecológicos en terceros países a efectos delas importaciones de productos ecológicos en la Unión. Con la publicación de este Reglamento se modifica la lista de autoridades de control y organismos de control competentes para llevar a cabo controles y expedir certificados ecológicos en terceros países aefectos de las importaciones de productos ecológicos en la Unión.

Reglamento 2025/452 de 19 de diciembre de 2024 que corrige el Reglamento Delegado 2021/642 por elque se modifica el anexo III del Reglamento 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas informaciones que deben figurar en el etiquetado de los productos ecológicos.C on la publicación de este Reglamento se corrige información relativa a datos que deben figurar en el etiquetado de los productos ecológicos.

Reglamento 2025/405 de 13 de diciembre de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las prácticas enológicas. Con la publicación de este Reglamento se autoriza el uso de la evaporación parcial al vacío y destilación en la producción de vino desalcoholizado ecológico, siempre que el vino producido tenga un grado alcohólico volumétrico no superior al 0,5 % vol., la temperatura utilizada no sea superior a 75 °C, el tamaño de los poros para la filtración no sea inferior a 0,2 micrómetros y la destilación se efectúe al vacío.

Reglamento 2025/405 de 25 de septiembre de 2024 por el que se modifican los Reglamentos Delegados 2021/1698 y 2021/2306 en lo que respecta a la importación en la Unión de productos ecológicos y en conversión de alto riesgo. Con la publicación de este Reglamento se establece que se especificarán los productos de alto riesgo y los terceros países de los que sean originarios, así como los porcentajes de partidas de dichos productos que han de ser sometidos a controles y a muestreo por parte de las autoridades, y se especificarán en un acto de ejecución adoptado de conformidad sobre la base de una selección realizada tras incumplimientos graves, críticos o repetitivos que afecten a la integridad de los productos ecológicos o en conversión o a su producción.

Reglamento 2024/2867 de 2 de septiembre de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la presentación del logotipo de producción ecológica de la Unión Europea.Con la publicación de este Reglamento se especifican diversas características del logotipo de producción ecológica de la Unión Europea.

Reglamento 2024/3095 de 29 de julio de 2024 por el que se modifica el Reglamento Delegado 2021/1698 en lo que respecta a la certificación de determinados operadores y grupos de operadores de terceros países y a los controles de sus productos ecológicos efectuados por las autoridades de control y los organismos de control.Con la publicación de este Reglamento se establece una excepción relativa a las certificaciones para los operadores y grupos de operadores de terceros países.

2. INGREDIENTES – AGENTES DE MEJORA

Aditivos

Reglamento 2025/1150 de 11 de junio de 2025 por el que se modifica el anexo III del Reglamento 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere al uso del ascorbato sódico (E 301) en preparados de vitamina A destinados a preparados para lactantes y preparados de continuación.Con la publicación de este Reglamento se autoriza el uso de ascorbato sódico (E 301) como antioxidante en preparados de vitamina A microencapsulada destinados a preparados para lactantes y preparados de continuación a un nivel máximo de 50 000 mg/kg y con un nivel máximo de transferencia de 1 mg/l en dichos alimentos.

Reglamento 2025/666 de 4 de abril de 2025 por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, con respecto a la utilización de carboximetilcelulosa sódica, goma de celulosa (E 466), y el anexo del Reglamento 231/2012 de la Comisión, con respecto a especificaciones para la celulosa (E 460), la metilcelulosa (E 461), la etilcelulosa (E 462), la hidroxipropilcelulosa (E 463), la hidroxipropilmetilcelulosa (E 464), la etilmetilcelulosa (E 465), la carboximetilcelulosa sódica, goma de celulosa (E 466), la carboximetilcelulosa sódica entrelazada, goma de celulosa entrelazada (E 468) y la carboximetilcelulosa hidrolizada enzimáticamente (E 469). Con la publicación de este Reglamento procede retirar la autorización de la carboximetilcelulosa sódica, goma de celulosa (E 466) en las categorías de alimentos 13.1.5.1 y 13.1.5.2 y eliminarla de la sección B de la parte 5 del anexo III del Reglamento 1333/2008, en la que figuran los aditivos alimentarios añadidos en nutrientes destinados a ser utilizados en productos alimenticios para lactantes y niños de corta edad enumerados en el punto 13.1 de la parte E del anexo II de dicho Reglamento.

Reglamento 2025/652 de 2 de abril de 2025 por el que se modifican el Reglamento 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento 231/2012 de la Comisión en lo que respecta al uso de glucósidos de esteviol producidos por Yarrowia lipolytica mediante fermentación.Con la publicación de este Reglamento se autoriza al aditivo alimentario «glucósidos de esteviol procedentes de la fermentación» (E 960b) y se añade al grupo de los glucósidos de esteviol (E 960a-960d)en la parte C del anexo II del Reglamento 1333/2008. Además, se incluye la especificación «E 960b i) rebaudiósido M producido por Yarrowia lipolytica mediante fermentación».

Reglamento 2025/651 de 2 de abril de 2025 por el que se modifica el Reglamento 1333/2008 en lo que respecta a la utilización de monoglicéridos y diglicéridos de ácidos grasos (E 471) y de cera de carnauba (E903) como agentes de recubrimiento de determinadas frutas frescas y la mandioca, así como de lecitinas (E 322) y ácidos grasos (E 570) como soportes en agentes de recubrimiento de la mandioca. Con la publicación de este Reglamento se autoriza el uso de monoglicéridos y diglicéridos de ácidos grasos (E 471) en los maracuyás, los kiwis y la mandioca, el uso de cera de carnauba (E 903) en la mandioca y el uso de lecitinas (E 322) y ácidos grasos (E 570) en los agentes de recubrimiento de la mandioca.

Reglamento 2024/2608 de 7 de octubre de 2024 por el que se modifica el anexo II del Reglamento 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso de celulosa en polvo [E 460(ii)] y glucono-delta-lactona (E 575) en productos a base de queso blando fresco para untar. Con la publicación de este Reglamento se modifica el anexo II del Reglamento 1333/2008 del ParlamentoEuropeo y del Consejo en lo que respecta al uso de celulosa en polvo [E 460 (ii)] y glucono-delta-lactona (E575) en productos a base de queso blando fresco para untar.

Reglamento 2024/2597 de 4 de octubre de 2024 por el que se modifican el anexo II del Reglamento1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso de ácido sórbico (E 200) y sorbato potásico (E 202) y el anexo del Reglamento 231/2012 de la Comisión en lo que respecta a las especificaciones para el ácido sórbico (E 200), el sorbato potásico (E 202) y el galato de propilo (E 310).Con la publicación de este Reglamento se establecen nuevos contenidos máximos de ácido sórbico (E 200)y sorbato potásico (E 202) en los productos alimenticios.

Aromas

Reglamento 2025/1112 de 4 de junio de 2025 por el que se modifica el anexo I del Reglamento1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la inclusión de la naringenina y la2-metil-1-{2-[5-(p-tolil)-1H-imidazol- 2-il]piperidin-1-il}butan-1-ona en la lista de la Unión de aromas. Con la publicación de este Reglamento se incluye la naringenina y la 2-metil-1-{2-[5-(p-tolil)-1H-imidazol-2-il]piperidin-1-il}butan-1-ona (n. 16.134) en la lista de la Unión de aromas.

Reglamento 2025/147 de 29 de enero de 2025 por el que se modifica el anexo I del Reglamento1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la eliminación de la sustancia aromatizante 4-metil-2-fenilpent-2-enal (n.o FL 05.100) de la lista de la Unión.Con la publicación de este Reglamento se suprime el 4-metil-2-fenilpent-2-enal (n.o FL 05.100) de la lista de la Unión de sustancias aromatizantes.

Reglamento 2025/140 de 29 de enero de 2025 por el que se modifica el anexo I del Reglamento1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la inclusión de la (E)-3-benzo[1,3]dioxol-5-il-N,N-difenil-2-propenamida en la lista de la Unión de aromas. Con la publicación de este Reglamento se incluye la (E)-3-benzo[1,3]dioxol-5-il-N,N-difenil-2-propenamida en la lista de aromas de la Unión.

Reglamento 2024/2856 de 12 de noviembre de 2024 por el que se modifica el anexo I del Reglamento 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la eliminación de la sustancia aromatizante bencen-1,2-diol (n.o FL 04.029) de la lista de la Unión. Con la publicación de este Reglamento se suprime la sustancia aromatizante bencen-1,2-diol (n.o FL04.029) de la lista de la Unión de sustancias aromatizantes.

Decisión 2024/2079 de 31 de julio 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de SmokEzC-10 (SF-005) como producto primario para la producción de aromas de humo. Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de SmokEz C-10 (SF-005) como producto primario para la producción de aromas de humo por suscitar preocupación con respecto ala genotoxicidad.

Decisión 2024/2078 de 31 de julio de 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de SmokEz Enviro-23 (SF-006) como producto primario para la producción de aromas de humo. Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de SmokEz Enviro-23 (SF-006) como producto primario para la producción de aromas de humo por suscitar preocupación conrespecto a la genotoxicidad.

Decisión 2024/2077 de 31 de julio de 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de Fumokomp (SF-009) como producto primario para la producción de aromas de humo. Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de Fumokomp (SF-009)como producto primario para la producción de aromas de humo porque no puede descartarse el posible problema de seguridad en relación con la genotoxicidad.

Decisión 2024/2073 de 31 de julio de 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de Smoke Concentrate 809045 (SF-003) como producto primario para la producción de aromas de humo.Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de Smoke Concentrate 809045 (SF-003) como producto primario para la producción de aromas de humo por suscitar preocupación con respecto a la genotoxicidad.

Decisión 2024/2072 de 31 de julio de 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de Scansmoke SEF 7525 (SF-004) como producto primario para la producción de aromas de humo.Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de Scansmoke SEF 7525(SF-004) como producto primario para la producción de aromas de humo porque no puede descartarse el posible problema de seguridad en relación con la genotoxicidad.

Decisión 2024/2071 de 31 de julio de 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de Scansmoke PB 1110 (SF-001) como producto primario para la producción de aromas de humo.Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de Scansmoke PB 1110 (SF-001) como producto primario para la producción de aromas de humo por suscitar preocupación con respecto a la genotoxicidad.

Decisión 2024/2069 de 31 de julio de 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de ProFagus-Smoke R709 (SF-008) como producto primario para la producción de aromas de humo. Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de ProFagus-Smoke R709 (SF-008) como producto primario para la producción de aromas de humo por suscitar preocupación con respecto a la genotoxicidad.

Decisión 2024/2066 de 31 de julio de 2024 por la que se deniega la renovación de la autorización de ZestiSmoke Code 10 (SF-002) como producto primario para la producción de aromas de humo.Con la publicación de esta Decisión se deniega la renovación de la autorización de Zesti Smoke Code 10(SF-002) como producto primario para la producción de aromas de humo por suscitar preocupación con respecto a la genotoxicidad.

Reglamento 2024/2067 de 31 de julio de 2024 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución1321/2013 en lo que respecta a la supresión de las entradas SF-001 a SF-010 de la lista de la Unión de productos primarios autorizados para la producción de aromas de humo. Con la publicación de este Reglamento se suprimen las entradas SF-001 a SF-010 de la lista de la Unión de productos primarios autorizados para la producción de aromas de humo.

3. OTRAS DISPOSICIONES DE INTERÉS.

Contaminantes

Reglamento 2025/1164 de 13 de junio de 2025 por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos deciantraniliprol, ciflumetofeno, deltametrin, mefentrifluconazol, mepicuat y oxatiapiprolina en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II y III del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de ciantraniliprol, ciflumetofeno, deltametrin, mefentrifluconazol, mepicuat y oxatiapiprolina en diversos productos.

Reglamento 2025/1163 de 13 de junio de 2025 por el que se modifican los anexos II, III y V delReglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de clorprofam, fuberidazol, ipconazol, metoxifenozida, S-metolacloro y triflusulfurón endeterminados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II, III y V del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de clorprofam, fuberidazol, ipconazol, metoxifenozida, S-metolacloro y triflusulfurón en determinados productos.

Reglamento 2025/1102 de 3 de junio de 2025 por el que se modifica el Reglamento 37/2010 en lo que respecta a las sustancias de origen biológico no análogas a una sustancia química. Con la publicación de este Reglamento el hidrolizado de caseína bovina (bCNH), los componentes probióticos, la sustancia IL-8 (His-tag) recombinante bovina, las células madre y el ARN de interferencia de doble cadena EP15, se incluyen en el Reglamento 37/2010 con la clasificación de «no se exige LMR».

Reglamento 2025/581 de 27 de marzo de 2025 por el que se modifican los anexos II y IV del Reglamento396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos decicloxidim, diclorprop-P, flupiradifurona, metilnonilcetona, aceites vegetales/aceite de citronela, sorbatopotásico y fosfonato de potasio en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II y IV del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de cicloxidim, diclorprop-P, flupiradifurona, metilnonilcetona, aceites vegetales/aceite de citronela, sorbato potásico y fosfonato de potasio en determinados productos.

Reglamento 2025/195 de 3 de febrero de 2025 por el que se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos defenbuconazol y penconazol en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de fenbuconazol y penconazol en determinados productos.

Reglamento 2025/158 de 29 de enero de 2025 por el que se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos deacetamiprid en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de acetamiprid en determinados productos.

Reglamento 2025/146 de 29 de enero de 2025 por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de zoxamida en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II y III del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de zoxamida en determinados productos.

Reglamento 2025/115 de 21 de enero de 2025 por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos defluxapiroxad, lambdacihalotrina, metalaxilo y nicotina en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II y III del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de fluxapiroxad, lambdacihalotrina, metalaxilo y nicotina en determinados productos.

Reglamento 2024/3196 de 18 de diciembre de 2024 por el que se modifica el anexo I del Reglamento396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a las hojas de rábano. Con la publicación de este Reglamento se incluyen dos entradas separadas para las hojas de rábano en la parte B del anexo I del Reglamento 396/2005, añadiendo una nueva entrada para las «hojas de rábano pequeñas» a las que deben aplicarse los mismos LMR que los establecidos para la «rúcula o ruqueta» en la parte A de dicho anexo, y se modifica la entrada existente en la parte B del anexo I del Reglamento 396/2005 de «hojas de rábano» a «hojas de rábano grandes», a las que deben aplicarse los mismos LMR que los establecidos para la «berza» en la parte A de dicho anexo.

Reglamento 2024/2711 de 22 de octubre de 2024 por el que se modifican los anexos II y V del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos de tiacloprid en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II y V del Reglamento 396/2005 en lorelativo a los límites máximos de residuos (LMR) de tiacloprid en determinados productos.

Reglamento 2024/2640 de 9 de octubre de 2024 que modifica y corrige el anexo II del Reglamento396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de1, 4-dimetilnaftaleno, ácido difluoroacético (DFA), fluopiram y flupiradifurona en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de 1,4-dimetilnaftaleno, ácido difluoroacético (DFA), fluopiram y flupiradifurona en determinados productos.

Reglamento 2024/2633 de 8 de octubre de 2024 por el que se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos deazoxistrobina, famoxadona, flutriafol, mandipropamid y mefentrifluconazol en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de azoxistrobina, famoxadona, flutriafol, mandipropamid ymefentrifluconazol en determinados productos.

Reglamento 2024/2619 de 8 de octubre de 2024 por el que se modifican los anexos II y III del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos defosetil, fosfonatos de potasio y fosfonato de disodio en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II y III del Reglamento 396/2005 en lorelativo a los límites máximos de residuos (LMR) de fosetil, fosfonatos de potasio y fosfonato de disodio en determinados productos.Reglamento 2024/2612 de 7 de octubre de 2024 que modifica los anexos II, III y IV del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de quitosano, clopiralida, difenoconazol, residuos de destilación de grasas, flonicamid, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifican los anexos II, III y IV del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de quitosano, clopiralida, difenoconazol, residuos de destilación de grasas, flonicamid, proteínas hidrolizadas y senecioato de lavandulilo en determinados productos.

Reglamento 2024/2609 de 7 de octubre de 2024 por el que se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos de napropamida, piridabeno y tebufenpirad en determinados productos. Con la publicación de este Reglamento se modifica el anexo II del Reglamento 396/2005 en lo relativo a los límites máximos de residuos (LMR) de napropamida, piridabeno y tebufenpirad en determinados productos.

Reglamento 2024/1987 de 30 de julio de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2023/915 en lo que respecta a los límites máximos de níquel en determinados productos alimenticios. Con la publicación de este Reglamento se fijan límites máximos de níquel en los alimentos a fin de garantizar un alto nivel de protección de la salud humana.

Reglamento 2024/2570 de 22 de julio de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al metoxicloro. Con la publicación de este Reglamento se establece un valor límite para el metoxicloro como contaminante en trazas no intencionales en sustancias, mezclas y artículos. Dicho valor límite se fija en 0,01 mg/kg, lo que corresponde al límite máximo de residuos de metoxicloro establecido en el Reglamento 396/2005.

Reglamento 2024/1808 de 1 de julio de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2023/915 en lo que respecta a la fecha de aplicación de límites máximos más bajos para los esclerocios de cornezuelo y lo salcaloides de cornezuelo en los alimentos. Con la publicación de este Reglamento se aplaza la aplicación de los límites máximos más bajos para los esclerocios de cornezuelo en los granos de centeno sin transformar durante un año y para los alcaloides de cornezuelo en los productos de la molienda del trigo (con un contenido de cenizas inferior a 900 mg/100 g de materia seca), en los productos de la molienda del centeno y en el centeno comercializado para el consumidor final, durante cuatro años.

Control oficial

Reglamento 2025/917 de 19 de mayo de 2025 por el que se modifica el Reglamento 2019/1014, que establece normas detalladas sobre los requisitos mínimos para los puestos de control fronterizos, incluidos los centros de inspección, y para el formato, las categorías y las abreviaturas que se han de utilizar para elaborar listas de puestos de control fronterizos y puntos de control. Con la publicación de este Reglamento se modifica el Reglamento 2019/1014, que establece normas detalladas sobre los requisitos mínimos para los puestos de control fronterizos, incluidos los centros de inspección, y para el formato, las categorías y las abreviaturas que se han de utilizar para elaborar listas de puestos de control fronterizos y puntos de control.

Reglamento 2024/3115 de 27 de noviembre de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2016/2031 en lo que respecta a los programas plurianuales de prospección; las notificaciones relativas a la presencia de plagas reguladas no cuarentenarias; las excepciones temporales a las prohibiciones de importación y a los requisitos especiales de importación, así como el establecimiento de procedimientos para su concesión; los requisitos temporales de importación de vegetales, productos vegetales y otros objetos de alto riesgo; el establecimiento de los procedimientos para la elaboración de listas de vegetales de alto riesgo; el contenido de los certificados fitosanitarios y el uso de pasaportes fitosanitarios, y en lo que respecta a determinadas obligaciones de presentación de informes sobre las zonas demarcadas y las prospecciones de plagas y se modifica el Reglamento 2017/625 en lo que respecta a determinadas notificaciones de incumplimiento. Con la publicación de este Reglamento se modifica el Reglamento 2016/2031, que establece normas relativas a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales en lo que respecta a los programas plurianuales de prospección; las excepciones temporales a las prohibiciones de importación y a los requisitos especiales de importación; el contenido de los certificados fitosanitarios y el uso de pasaportes fitosanitarios, y en lo que respecta a determinadas obligaciones de presentación de informes sobre las zonas demarcadas y las prospecciones de plagas y se modifica el Reglamento 2017/625 en lo que respecta a determinadas notificaciones de incumplimiento.

Decisión 2024/2210 de 5 de septiembre de 2024 que modifica la Decisión de Ejecución 2020/1550 actualizando el programa plurianual de controles para el período 2021-2025 y estableciendo el programa de controles de la Comisión para 2025 en los Estados miembros para comprobar la aplicación de la legislación de la Unión relativa a la cadena agroalimentaria. Con la publicación de esta Decisión se actualiza el programa plurianual de controles para el período 2021-2025 y se establece el programa de controles de la Comisión para 2025.

Higiene y Seguridad Alimentaria

Reglamento 2024/2895 de 20 de noviembre de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2073/2005 enlo que respecta a Listeria monocytogenes. Con la publicación de este Reglamento se establece el criterio de seguridad alimentaria «Listeria monocytogenes no detectado en 25 g» para alimentos que se comercialicen durante su vida útil y para los que el explotador de la empresa alimentaria que los haya producido no haya podido demostrar, a satisfacción de la autoridad competente, que el nivel de Listeria monocytogenes no superará el límite de 100 ufc/g durante su vida útil.

Reglamento 2024/2463 de 12 de septiembre de 2024 por el que se establecen métodos analíticos aplicables a los controles oficiales efectuados para la verificación del cumplimiento del Reglamento 2073/2005 por parte de los explotadores de empresas alimentarias. Con la publicación de este Reglamento se establecen requisitos para los métodos analíticos que deben utilizar los laboratorios oficiales cuando analicen las muestras oficiales con arreglo a los criterios establecidos en el Reglamento 2073/2005.

Materiales en contacto con alimentos

Reglamento 2025/351 de 21 de febrero de 2025 por el que se modifica el Reglamento 10/2011, sobremateriales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, se modifica el Reglamento 2022/1616, relativo a los materiales y objetos de plástico reciclado destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se deroga el Reglamento 282/2008, y se modifica el Reglamento 2023/2006, sobre buenas prácticas de fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, en lo que respecta al plástico reciclado y a otras cuestiones relacionadas con el control de calidad y la fabricación de materiales y objetos de plástico destinados a entrar en contacto con alimentos. Con la publicación de este Reglamento se modifica el Reglamento 10/2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, el Reglamento 2022/1616, sobre materiales y objetos de plástico reciclado destinados a entrar en contacto con alimentos y se modifica el Reglamento2023/2006, sobre buenas prácticas de fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.

Reglamento 2024/3190 de 19 de diciembre de 2024 sobre el uso de bisfenol A (BPA) y otros bisfenoles y derivados de bisfenoles con clasificación armonizada para propiedades peligrosas específicas en determinados materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, por el que se modifica el Reglamento 10/2011 y se deroga el Reglamento 2018/213. Con la publicación de este Reglamento se establecen requisitos específicos relativos al 4,4′-isopropilidendifenol («bisfenol A» o «BPA») y a sus sales, así como a otros bisfenoles y derivados peligrosos de bisfenoles, en lo que respecta a su uso para fabricar adhesivos, caucho, resinas de intercambio iónico, plásticos, tintas de imprenta, siliconas, y barnices y revestimientos, y se comercialicen en el mercado de laUnión.

Medioambiente

Reglamento 2025/1093 de 22 de mayo de 2025 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a una lista de países que presentan un riesgo bajo o alto de producir materias primas pertinentes para las que los productos pertinentes no cumplen lo dispuesto en el artículo 3, letra a). Con la publicación de este Reglamento se establecen las listas de países que presentan un riesgo bajo, o alto (Bielorrusia, Federación de Rusia, Myanmar/Birmania, República Popular Democrática de Corea) de producir materias primas pertinentes para las que los productos pertinentes no cumplen lo dispuesto en e lartículo 3, letra a). La clasificación debe servir de base para el enfoque basado en el riesgo por el que las autoridades competentes llevan a cabo controles que abarcan los sistemas de diligencia debida y el cumplimiento de los productos pertinentes del Reglamento 2023/1115, y para aclarar en qué casos los operadores pueden hacer uso del procedimiento simplificado de diligencia debida. La clasificación también debe tenerse en cuenta en la evaluación de riesgos de los operadores y comerciantes.

Decisión 2025/869 de 14 de abril de 2025 relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la decimoséptima Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, en relación con determinadas enmiendas al Convenio y a sus anexos. Con la publicación de esta Decisión se establece que la Unión no apoyará las enmiendas presentadas por laFederación de Rusia, pero sí apoyará las iniciativas destinadas a mejorar el funcionamiento del procedimiento de «consentimiento fundamentado previo», siempre que estén en consonancia con las políticas y objetivos generales de la Unión y no requieran enmiendas al Convenio.

Directiva 2025/794 de 14 de abril de 2025 por la que se modifican las Directivas 2022/2464 y 2024/1760 en lo que respecta a las fechas a partir de las cuales los Estados miembros deben aplicar determinados requisitos de presentación de información sobre sostenibilidad y de diligencia debida por parte de las empresas. Con la publicación de esta Directiva se modifican las fechas en las que los países de la Unión Europea deben empezar a aplicar ciertos requisitos relacionados con la presentación de información sobre sostenibilidad y la diligencia debida de las empresas. Se aplaza dos años (hasta 2028) la obligación de información para las empresas que actualmente entran en el ámbito de aplicación de la Directiva 2022/2464 y que debían reportar a partir de 2026 o 2027. Se aplaza la transposición la directiva 2024/1760 relativa a la diligencia debida hasta julio de 2027 (en lugar de 2026) y se aplaza la aplicación para las empresas más grandes de 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de facturación en un año hasta el 26 de julio de 2028 (en lugar de julio de 2027).

Decisión 2025/439 de 28 de febrero de 2025 por la que se establece una lista de observación desustancias a efectos de seguimiento a nivel de la Unión en el ámbito de la política de aguas, de conformidad con la Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión se establece una lista de observación de sustancias a efectos de seguimiento a nivel de la Unión en el ámbito de la política de aguas. Las sustancias de la lista de observación han de seleccionarse de entre aquellas respecto de las que la información disponible indique que pueden suponer un riesgo significativo en la Unión para el medio acuático o a través de este.

Reglamento 2025/40 de 19 de diciembre de 2024 sobre los envases y residuos de envases, por el que se modifican el Reglamento 2019/1020 y la Directiva 2019/904 y se deroga la Directiva 94/62/CE. Con la publicación de este Reglamento se establecen requisitos para la totalidad del ciclo de vida de los envases en lo relativo a la sostenibilidad y el etiquetado medioambientales, a fin de permitir su introducción en el mercado. Establece asimismo requisitos relativos a la responsabilidad ampliada del productor, a la prevención de los residuos de envases, por ejemplo, mediante la reducción de los envases innecesarios y la reutilización o el rellenado de envases, y a la recogida y el tratamiento, con inclusión del reciclado, de los residuos de envases. Es aplicable a todos los envases, independientemente del material utilizado, y a todos los residuos de envases, independientemente de que dichos envases se utilicen en la industria, otros sectores manufactureros, el comercio minorista o de la distribución, las oficinas, los servicios o los hogares o de que dichos residuos de envases procedan de ellos.

Reglamento 2024/3234 de 19 de diciembre de 2024 por el que se modifica el Reglamento 2023/1115 en lo que respecta a las disposiciones relativas a la fecha de aplicación. Con la publicación de este Reglamento se aplazan doce meses las obligaciones para los operadores, los comerciantes y las autoridades competentes, enumeradas en el artículo 38, apartado 2, del Reglamento 2023/1115 relativo a la deforestación.

Reglamento 2024/3084 de 4 de diciembre de 2024 sobre el funcionamiento del sistema de información en virtud del Reglamento 2023/1115 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal. Con la publicación de este Reglamento se establecen las normas para el funcionamiento del sistema de información relativo al Reglamento de Deforestación, entre las que se encuentran las normas para la protección de los datos personales y el intercambio de datos con otros sistemas informáticos.

Reglamento 2024/3012 de 27 de noviembre de 2024 por el que se establece un marco de certificación dela Unión para las absorciones permanentes de carbono, la carbonocultura y el almacenamiento de carbono en productos.Con la publicación de este Reglamento se fomenta la implantación de absorciones permanentes de carbono, la carbonocultura y el almacenamiento de carbono en productos por parte de operadores o grupos de operadores como complemento de las reducciones sostenidas de emisiones en todos los sectores para cumplir los objetivos y metas establecidos en el Reglamento 2021/1119. El Reglamento establece un marco voluntario de la Unión para la certificación de las absorciones de carbono y las reducciones de emisiones del suelo.

Directiva 2024/2881 de 23 de octubre de 2024 sobre la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa. Con la publicación de esta Directiva se establecen disposiciones para: definir y establecer objetivos de calidad del aire para evitar los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente; establecer métodos y criterios comunes para evaluar la calidad del aire en los Estados miembros; controlar la calidad actual del aire y su evolución a largo plazo; asegurar que la información sobre calidad del aire es comparable en toda la Unión; mantener la calidad del aire, cuando sea buena, y mejorarla en los demás casos; y fomentar el incremento de la cooperación entre Estados miembros y sus autoridades y organismos competentes para reducir la contaminación atmosférica.

Nuevos alimentos e ingredientes alimentarios

Reglamento 2025/691 de 9 de abril de 2025 por el que se autoriza la comercialización de harina de setas con vitamina D2 como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470. Con la publicación de este Reglamento se autoriza en la Unión, para los usos y en los niveles máximos fijados, la comercialización de harina de setas con vitamina D2, y se incluye en la lista de nuevos alimentos establecida por el Reglamento 2017/2470.

Reglamento 2025/688 de 9 de abril de 2025 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470 en lo que se refiere a las condiciones de uso del nuevo alimento aceite de Schizochytrium sp.(FCC-3204). Con la publicación de este Reglamento se modifican las especificaciones del nuevo alimento aceite de Schizochytrium sp. (FCC-3204) para su uso en productos proteicos, excepto sucedáneos lácteos, en la Unión, durante un período de cinco años a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento.

Reglamento 2025/682 de 8 de abril de 2025 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470 en lo que respecta a las especificaciones del nuevo alimento polvo de semillas de colza parcialmente desgrasadas obtenido de Brassica rapa L. y Brassica napus L. Con la publicación de este Reglamento se modifican las especificaciones del nuevo alimento polvo de semillas de colza parcialmente desgrasadas obtenido de Brassica rapa L. y Brassica napus L.

Reglamento 2025/167 de 30 de enero de 2025 por el que se autoriza la comercialización de la glucosilhesperidina como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470.Con la publicación de este Reglamento se autoriza en la Unión, para los usos y en los niveles máximos fijados, la comercialización de glucosilhesperidina, y se incluye en la lista de nuevos alimentos establecida por el Reglamento 2017/2470.

Reglamento 2025/153 de 29 de enero de 2025 por el que se autoriza la comercialización de las plantas Lemna minor y Lemna gibba como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470. Con la publicación de este Reglamento se autoriza en la Unión, la comercialización de las plantas Lemnaminor y Lemna gibba, y se incluye en la lista de nuevos alimentos establecida por el Reglamento2017/2470.

Reglamento 2025/97 de 21 de enero de 2025 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470 en lo que se refiere a las condiciones de uso y las especificaciones del nuevo alimentoisomalto-oligosacárido. Con la publicación de este Reglamento se modifican las especificaciones y los usos del nuevo alimentoisomalto-oligosacárido.

Reglamento 2024/2101 de 30 de julio de 2024 por el que se autoriza la comercialización de aceite de Schizochytrium sp. (CABIO-A-2) como nuevo alimento y se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470. Con la publicación de este Reglamento se autoriza en la Unión, para los usos especificados, la comercialización de aceite de Schizochytrium sp. (CABIO-A-2), y se incluye en la lista de nuevos alimentos establecida por el Reglamento 2017/2470.

Reglamento 2024/2046 de 29 de julio de 2024 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución 2017/2470 en lo que respecta a los requisitos específicos de etiquetado para el nuevo alimento proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa). Con la publicación de este Reglamento se modifican los requisitos de etiquetado de la proteína parcialmente hidrolizada de bagazo de cebada (Hordeum vulgare) y de arroz (Oryza sativa) y se incluye en la lista de nuevos alimentos establecida por el Reglamento 2017/2470.

Organismos modificados genéticamente

Decisión 2025/699 de 9 de abril de 2025 por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan o estén compuestos por maíz modificado genéticamente DP910521 o hayan sido producidos a partir de él, con arreglo al Reglamento 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión se autoriza la comercialización de productos que contengan o estén compuestos por maíz modificado genéticamente DP-91Ø521-2 o hayan sido producidos a partir de él.

Decisión 2025/694 de 9 de abril de 2025 por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan o estén compuestos por el maíz modificado genéticamente MON 95275, o se hayan producido a partir de él, con arreglo al Reglamento 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión se autoriza la comercialización de productos que contengan o estén compuestos por maíz modificado genéticamente MON-95275-7, o se hayan producido a partir de él.

Decisión 2025/692 de 9 de abril de 2025 por la que se autoriza la comercialización de productos que se compongan de maíz modificado genéticamente MON 94804, lo contengan o se hayan producido a partir de él, con arreglo al Reglamento 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión se asigna al maíz modificado genéticamente MON 94804, el identificador único MON-948Ø4-4, de conformidad con el Reglamento 65/2004.

Decisión 2024/2629 de 8 de octubre de 2024 por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan, se compongan o se hayan producido a partir del maíz modificado genéticamente MON 89034× 1507 × MON 88017 × 59122 y ocho de sus subcombinaciones, con arreglo al Reglamento 1829/2003 delParlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión se autoriza la comercialización de los alimentos e ingredientes alimentarios que contengan, se compongan o se hayan producido a partir del maíz modificado genéticamente MON 89034 × 1507 × MON 88017 × 59122 y sus subcombinaciones.

Decisión 2024/2627 de 8 de octubre de 2024 por la que se autoriza la comercialización de productos que contengan o estén compuestos por algodón modificado genéticamente COT102 o hayan sido producidos a partir de él, con arreglo al Reglamento 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo.Con la publicación de esta Decisión al algodón (Gossypium hirsutum L.) modificado genéticamente COT102el identificador único SYN-IR1Ø2–7.

Seguridad

Reglamento 2025/1090 de 2 de junio de 2025 por el que se modifica el anexo XVII del Reglamento 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la N, N-dimetilacetamida (DMAC) y la 1-etilpirrolidin-2-ona (NEP).Con la publicación de este Reglamento se propone una restricción en la exposición de los trabajadores a la DMAC y la NEP tanto por inhalación como por vía cutánea.

Decisión 2025/286 de 13 de febrero de 2025 por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2023/941 en lo que respecta a las normas armonizadas relativas a los protectores auditivos, los equipos de protección individual contra caídas y los equipos para la protección de los ojos y la cara, elaboradas en apoyo de lReglamento 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión se modifica la Decisión de Ejecución 2023/941 en lo referente a las normas armonizadas para los equipos de protección individual, en lo referente a los protectores auditivos, los equipos de protección contra caídas y equipos de protección de ojos y cara.

Decisión 2025/165 de 30 de enero de 2025 relativa a las normas armonizadas aplicables a los equipos a presión elaboradas en apoyo de la Directiva 2014/68/UE del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión quedan publicadas las normas armonizadas aplicables a los equipos apresión o los conjuntos elaborados en apoyo de la Directiva 2014/68/UE relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos a presión.

Directiva 2024/2831 23 de octubre de 2024 relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas.Con la publicación de esta Directiva se pretende mejorar las condiciones laborales y proteger los datos personales en el ámbito del trabajo en plataformas.

Reglamento 2024/2865 de 23 de octubre de 2024 por el que se modifica el Reglamento 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.Con la publicación de este Reglamento se modifica el Reglamento 1272/2008 relativo a la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas.

Decisión 2024/2599 de 4 de octubre de 2024 por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2023/941 dela Comisión en lo que respecta a las normas armonizadas relativas a los equipos de protección individual contra las caídas, los equipos filtrantes de ventilación asistida de protección respiratoria, el calzado, los cascos eléctricamente aislantes y la protección ocular y facial para uso en el trabajo, elaboradas en apoyo del Reglamento 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de esta Decisión se modifica la Decisión de Ejecución 2023/941 con relación a las normas armonizadas para los equipos de protección individual, equipos filtrantes de ventilación asistida de protección respiratoria, el calzado, los cascos, y equipos de protección ocular y facial.

Transporte

Reglamento 2024/1942 de 5 de julio de 2024 por el que se establecen procedimientos comunes y normas detalladas para el acceso a la información electrónica relativa al transporte de mercancías y su tratamiento por parte de las autoridades competentes de conformidad con el Reglamento 2020/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo. Con la publicación de este Reglamento se establecen procedimientos comunes y normas detalladas para el acceso a la información electrónica relativa al transporte de mercancías y su tratamiento por parte de las autoridades competentes de conformidad con el Reglamento 2020/1056 sobre información electrónica relativa al transporte de mercancías.

Recopilación legislativa elaborada por:

BEATRIZ SÁNCHEZ NAVARRO

GRUPO BONMACOR,S.L.

bsanchez@grupobonmacor.com

www.grupobonmacor.com

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