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El Gobierno aprueba una ley "pionera" contra el desperdicio alimentario
La nueva norma, que comienza ahora su tramitación parlamentaria, busca evitar la pérdida de alimentos en todos los eslabones de la cadena alimentaria, desde la cosecha hasta el consumo. Las empresas deberán tomar medidas estratégicas para minimizar las pérdidas conforme a "una jerarquía de usos" en la que tendrá prioridad el consumo humano. En 2020, los hogares españoles tiraron a la basura más de 1.300 millones de kilos de alimentos, una media de 31 kilos por persona
El Consejo de Ministros ha aprobado el martes 7 de junio el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, “la primera regulación sobre esta materia que se promulga en España”, con el objetivo de reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir y favorecer un mejor aprovechamiento de estos. Durante el año 2020, los hogares españoles desecharon 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona.
Con la aprobación de esta ley, que trata de fomentar las buenas prácticas en todos los eslabones de la cadena alimentaria, el Gobierno da un paso más en su compromiso con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) incluidos en la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Una pérdida de 250 euros por persona
El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, puso el foco en estos datos, que suponen "la pérdida de 250 euros por persona". La ley tiene como objetivos “regular y concienciar” y “da respuesta a una necesidad social”, ha destacado. Por un lado, “regula el uso preferente de los alimentos para consumo humano”, favoreciendo la donación, y por otro trata de “concienciar a la sociedad sobre la necesidad de disminuir el despilfarro de alimentos”.El ministro ha explicado que el desperdicio de alimentos representa una “ineficiencia” de la cadena alimentaria, que tiene consecuencias económicas, sociales y ambientales, porque supone malgastar el trabajo realizado por agricultores y ganaderos en la producción de alimentos y malutilizar los recursos naturales que se consumen en este proceso. Pero además, ha recalcado es un asunto que tiene un claro carácter ético y “llama a la conciencia de todos”. La ley supone un importante avance, ha señalado el ministro, que ha destacado el carácter pionero, dado que es la primera vez que se legisla en España sobre la materia, algo que hasta el momento solo han hecho Francia e Italia.
Plan de Prevención y prioridades de uso
La ley establece que todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio. El objetivo es que las empresas de la cadena hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identifiquen dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijen medidas para minimizarlos y se destinen a otros usos, para los que se fija una jerarquía de prioridades.Esta jerarquía de prioridades es un aspecto esencial de la ley y establece una apelación en el destino que los agentes deberán dar a los alimentos para evitar su desperdicio. La prioridad máxima será siempre el consumo humano, a través de la donación o redistribución de alimentos.
Para la donación de los excedentes de alimentos, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. En estos acuerdos se deberán recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos, entre otras cuestiones.
Buenas prácticas
Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido –salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similares–. Para ello deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fácilmente reciclables.El Gobierno adoptará políticas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención del desperdicio, para lo que deberá llevar a cabo acciones formativas y divulgativas sobre la correcta interpretación de las fechas de caducidad y consumo preferente.
Igualmente se incentivará que los agentes de la cadena alimentaria ajusten las fechas de consumo preferente de sus productos hasta el máximo que garantice una adecuada calidad de los mismos y se promoverá la investigación y la innovación sobre la viabilidad de los alimentos para alargar la vida útil.
Régimen sancionador
El régimen sancionador establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, así como la segunda o ulterior infracción leve que suponga reincidencia en el plazo de dos años.Se considerarán infracciones leves no aplicar la jerarquía de prioridades en el uso de los alimentos o que las industrias, empresas de distribución al por menor, de hostelería y restauración no lleven a cabo la donación de aquellos productos no vendidos que son aptos para el consumo humano a través de un pacto o convenio.
En el caso de las empresas y entidades de iniciativa social que sean receptoras de las donaciones, se considerará infracción leve que no entreguen los excedentes a personas desfavorecidas, o que establezcan algún tipo de discriminación en el acceso al reparto de alimentos (por motivos de discapacidad, edad, sexo, salud, orientación sexual, identidad o expresión de género, catacterísticas sexuales, nacionalidad, situación administrativa, origen racial o étnico, religión o creencias, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social).
Asimismo, se considerará infracción leve la negativa a colaborar con las administraciones públicas para la cuantificación de los residuos de alimentos. La ley prevé para las infracciones leves unas multas de hasta 2.000 euros.
Como infracciones muy graves, sancionables con entre 60.001 y 500.000 euros de multa, se considerará la segunda o ulterior falta grave que se cometa en un plazo de dos años.
