FIAB publica varias guías para ayudar a las empresas a cumplir con la ley contra el desperdicio alimentario

En las guías publicadas por la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas FIAB, una transversal y varias dirigidas a sectores específicos, se ofrecen recomendaciones, pautas, metodologías y buenas prácticas para cumplir con las obligaciones que impone la ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario a todos los agentes de la cadena de valor
17 de abril de 2026, 14:00

Desde el pasado 3 de abril todas las empresas de la cadena alimentaria deben contar con un Plan de Prevención del Desperdicio que especifique las medidas adoptadas para evitarlo y la jerarquía que aplicarán para gestionar los excedentes cuando los tengan, según su actividad y procesos. Así lo establece la ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario (Ley 1/2025), aprobada en marzo del pasado año por el Congreso y de obligado cumplimiento desde este mes de abril.

Una de las publicaciones es de carácter transversal y otras están dirigidas a sectores específicos

La Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB), con la colaboración del Instituto Cerdá y del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación han elaborado unas Guías para orientar y ayudar a las empresas a cumplir con los objetivos de reducción y a establecer las medidas correctoras o preventivas que requieran en cada caso.

Paloma Sánchez Pello, directora de Competitividad y Sostenibilidad de la federación, ha explicado que la iniciativa es “parte de nuestro compromiso con la sostenibilidad y la economía circular, ofreciendo al sector una herramienta práctica que sirva de referencia para la redacción e implantación de los planes de prevención exigidos por la ley”.

Una de las publicaciones es de carácter transversal y otras están dirigidas a sectores específicos. En todas se ofrecen pautas, metodologías, ejemplos y recursos técnicos para identificar los puntos críticos de cada empresa, con el fin de que cada una “pueda establecer objetivos de reducción y aplicar medidas correctoras o preventivas ajustadas a su realidad productiva”, explican en FIAB, organización a la que pertenecen 44 asociaciones de la industria alimentaria.

Además, incluyen también recomendaciones voluntarias que van más allá de la propia normativa para, explican en la federación, “fomentar la innovación y la mejora continua en la gestión del desperdicio alimentario”. Son desde consejos operativos, ejemplos de buenas prácticas y herramientas de mejora que las empresas pueden adoptar de forma flexible para avanzar en la prevención, valorización y aprovechamiento de los alimentos.

La primera ley en España

La nueva ley, la primera que aborda esta problemática en España, establece medidas concretas para mejorar la planificación de la producción y de las compras, la gestión de los excedentes o la donación y sus mecanismos de control y seguimiento con el fin de prevenir y reducir el desperdicio de alimentos en todos los eslabones de la cadena de valor, desde la producción hasta el consumo.

La ley considera nula cualquier cláusula contractual que limite la donación de alimentos

Las empresas están obligadas a gestionar sus compras, ajustar la producción y la gestión del stock y fomentar la transformación de los productos no vendidos en nuevos para prevenir en origen la generación de excedentes. Con los que no puedan evitarse, se priorizará su aprovechamiento mediante la donación para consumo humano y, a continuación y siguiendo este orden: la donación para alimentación animal, su uso como materia prima en otras industrias, el compostaje y la valorización energética.

La ley considera nula cualquier cláusula contractual que limite la donación de alimentos. De hecho, las empresas deberán llegar a acuerdos de colaboración con entidades benéficas para ofrecerles su excedente, excepto en casos que resulte completamente inviable y quede justificado.

Hay ciertas excepciones para microempresas, pequeñas explotaciones agrarias y establecimientos de hasta 1.300 m² de superficie, salvo que esta se supere de forma conjunta bajo el mismo CIF. Además, las donaciones tienen un incentivo económico, ya que permiten aplicar deducciones fiscales en la cuota cuando la entidad receptora cumple los requisitos de la Ley 49/2002.

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