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Packaging Cluster detalla las consecuencias del impuesto al plástico
A dos semanas de que entre en vigor el impuesto que gravará los envases de plástico no reutilizables en España, Packaging Cluster ha aclarado las dudas que siguen planteándose las empresas del sector sobre su aplicación en un webinar. La entidad está ofreciendo un servicio específico para apoyar a las compañías y en su web facilitan información muy concreta sobre cómo debe afrontarse el pago de este impuesto
El webinar ofrecido esta semana por Packaging Cluster responde a “la incertidumbre, la preocupación y la inquietud”, decía Merce Gorina, responsable de proyectos de sostenibilidad de esta entidad, que ha generado la entrada en vigor a partir del 1 de enero del nuevo impuesto al plástico en España. La complejidad en la gestión del nuevo tributo sigue suscitando dudas tanto entre las compañías que deberán pagarlo como en las que verán repercutido el impuesto por el uso de plástico no reutilizable.
Para repasar las principales implicaciones del impuesto al plástico, contemplado en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados aprobada el pasado mes de abril, Packaging Cluster contó con Montse Castillo, directora técnica de la consultora RepaQ Packaging. Comenzó su intervención recordando que desde el año pasado la Unión Europea cobra a los estados miembros un impuesto de 800 euros por cada tonelada de envases plásticos no reciclados que se generan en sus mercados. Con ellos espera recaudar entre 4.000 y 8.000 millones de euros.
El impuesto establece un tipo de 0,45 euros por kilo de plástico no reciclado que contengan los envases no reutilizables
Algunos países han decidido recuperar ese coste a través de impuestos nacionales propios. España e Italia ya los han aprobado. El Gobierno italiano decidió posponer su entrada en vigor por tercera vez hace unas semanas y en España, donde se presentó el anteproyecto de la ley en junio de 2020, sigue previsto que comience a aplicarse al comenzar 2023, aunque se ha establecido una moratoria hasta julio para presentar los asientos contables que afectan al impuesto.El impuesto indirecto español, que tiene como objetivo contribuir a acelerar el diseño y producción de envases más sostenibles y fomentar la economía circular incentivando la reutilización y el reciclado, establece un tipo de 0,45 euros por kilo de plástico no reciclado que contengan los envases no reutilizables.
¿Quién lo paga?
Deberán pagarlo quienes los fabriquen en España, quienes los adquieran dentro de la Unión Europea y quienes los importen desde otros países no miembros de la UE. Son los tres tipos de contribuyentes obligados a declarar y pagar el impuesto ante la administración; si bien
el fabricante repercutirá el impuesto en su factura y los siguientes eslabones de la cadena de distribución decidirán a su vez si lo hacen y cómo lo repercuten, explicaba Montse Castillo durante su intervención en el webinar.
El impuesto grava tanto los envases de plástico no reutilizables vacíos como si se adquieren conteniendo algún producto o se utilizan para manipular, proteger, distribuir o presentar mercancía. El nuevo tributo espacial grava también los productos plásticos semielaborados (destinados a la fabricación de envases, como las láminas de termoplásticos) o las piezas de plástico diseñadas para el cierre, la comercialización o presentación de envases no reutilizables.
La web de Packaging Cluster ofrece respuestas claras a las preguntas más frecuentes y la posibilidad de hacer un autodiagnóstico
Entre otros aspectos, en el webinar se recordó que desgrava la cantidad de plástico reciclado, mecánica o químicamente, certificada. Durante el año que viene, la administración admitirá una declaración responsable del mismo fabricante. No desgravan ni el plástico compostable ni el bioplástico.Además, en el encuentro virtual se expusieron las exenciones previstas y en qué casos y cómo pueden reclamarse devoluciones; así como otras obligaciones para los contibuyentes, como la necesidad de los contribuyentes de inscribirse en los registros antes de que finalice el mes de diciembre.
Las multas por el incumplimentos en la declaración y pagos del tributo oscilan entre los 20 euros por cada dato que falte en la contabilidad al 150% del total que debería haberse ingresado o por exenciones no correspondientes. Sin olvidar los 1.000 euros de sanción por no inscribirse en el registro correspondiente.
La directora técnica de RepaQ presentó durante su intervención distintos casos prácticos para exponer cómo debe aplicarse el impuesto y para contestar a las numerosas preguntas que se realizaron durante el webinar.
Nuevo servicio
Packaging Cluster, que acaba de celebrar su décimo aniversario, ha puesto en marcha un servicio específico para informar y asesorar a las empresas sobre sus obligaciones ante el nuevo impuesto y cómo deben gestionarlo, ante la preocupación que ha suscitado. De hecho numerosas organizaciones empresariales llevan meses solicitando al Gobierno que demore al menos un año su entrada en vigor, como Fiab o Aecoc.Además, en la web de la entidad es posible encontrar información clara y concisa sobre este tributo indirecto, con respuesta a las preguntas más frecuentes que están recibiendo. A disposición de las empresas tienen también un autodiagnóstico para que puedan conocer las consecuencias directas e indirectas del impuesto sobre su negocio. Durante la webinar se invitó a los participantes a acelerar sus procesos para poder hacer frente a la nueva obligación desde el 1 de enero y evitar así las sanciones previstas.
