Consumo unifica y regula el uso de coadyuvantes tecnológicos

El Consejo de Ministros ha aprobado en su última sesión un real decreto que regula el uso y el control de los coadyuvantes tecnológicos en la elaboración de alimentos y bebidas y unifica en esta norma todos los autorizados en el sector. La norma incorpora nuevas sustancias y regula el procedimiento que modificará el listado de las existentes

5 de octubre de 2023, 13:42

Con el Real Decreto 773/2023, de 3 de octubre, por el que se regulan los coadyuvantes tecnológicos utilizados en los procesos de elaboración y obtención de alimentos, el Ministerio de Consumo actualiza y unifica la dispersa regulación sobre los coadyuvantes tecnológicos autorizados en los procesos de elaboración de alimentos y bebidas para adaptarla a las nuevas exigencias y necesidades del sector.

El real decreto unifica en una sola norma todos los coadyuvantes tecnológicos autorizados

En primer lugar, reúne en una sola norma todos los coadyuvantes tecnológicos autorizados en la industria alimentaria actualmente que, hasta ahora, estaban regulados en una veintena de normas distintas de carácter sectorial, tanto reglamentaciones técnico-sanitarias como en normas de calidad.

Además, este real decreto incorpora nuevas sustancias autorizadas y regula, también, el procedimiento que se aplicará para modificar el listado de las existentes de ahora en adelante, “de forma que se garantiza la protección de la salud de las personas consumidoras”, indican en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 

Además, se han unificado las disposiciones relativas a las especificaciones y etiquetado de estas sustancias con el fin de garantizar su seguridad, correcta identificación y empleo, al no existir en la Unión Europea una regulación armonizada sobre los coadyuvantes tecnológicos utilizados en la industria alimentaria. 

Se establecen también los mecanismos y criterios que deben cumplirse para garantizar la seguridad en el uso de estos coadyuvantes en los procesos de elaboración de alimentos, así como los controles a los que deben someterse estas sustancias.

El pasado mes de enero, cuando el proyecto fue sometido a información públicael responsable del departamento de Derecho Alimentario del centro tecnológico Ainia, José María Ferrer, ya advertía que se trataba "de una propuesta fundamental para dar mayor seguridad jurídica en la aplicación de los coadyuvantes tecnológicos. Podremos contar con legislación actualizada y una lista positiva de coadyuvantes tecnológicos y sus especificaciones técnicas”. 

¿Qué son los coadyuvantes?

La preocupación sanitaria por su uso es "relativamente baja", ya que su presencia en el alimento final es como residuo

Los coadyuvantes son sustancias que se utilizan exclusivamente con un fin tecnológico durante la producción de los alimentos y que, en algunos casos, resultan imprescindibles para su elaboración. No se consumen, por tanto, como alimentos en sí mismos y es una de las características que lo diferencian de los aditivos, enzimas o aromas alimentarios, que sí están presentes como ingredientes en el producto final.

“Es el caso del hidróxido sódico que se utiliza para aderezar algunas preparaciones de la aceituna de mesa y que, una vez cumplida su función en el proceso -quitar el amargor del fruto-, se elimina con un lavado y no tiene efectos en el producto final que llega a las personas consumidoras", indican como ejemplo desde el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Estas sustancias desempeñan distintas funciones en los procesos de producción de los alimentos y bebidas, desde actuar como antiespumante, antiincrustante, clarificante, decolorante, desinfectante, desmoldeador, enzima, filtrante, gas de envasado, gas propulsor, neutralizante o regulador de pH, entre otras. 

La Aesan recuerda que el uso de los coadyuvantes tecnológicos implica una preocupación sanitaria “relativamente baja, ya que, por definición, su presencia en el alimento final es como residuo” que, en cualquier caso, tampoco debe implicar ningún riesgo para la salud. 

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